Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 30/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de diciembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 886/2010. (PP. 20/2012).

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NIG: 4109142C20100025664.

Procedimiento: Proced. Ordinario (LPH -249.1.8) 886/2010. Negociado: 5A.

De: CC.PP. Vistalmar Duquesa Norte.

Procuradora: Sra. María Dolores Bernal Gutiérrez.

Contra: Paraíso Bahía de Casares, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (LPH -249.1.8) 886/2010-5A seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla a instancia de CC.PP. Vistalmar Duquesa Norte contra Paraíso Bahía de Casares, S.A., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 199/2011

En Sevilla, a 28 de julio de 2011.

Don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 886/10, a instancias de la Comunidad de Propietarios Vistalmar Duquesa Norte, representada por la Procuradora Sra. Bernal Gutiérrez y asistida por el Letrado Sr. Pozo Casaglia; y como demandada Paraíso Bahía de Casares, S.A., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando integramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Bernal Gutiérrez, en representación de la Comunidad de Propietarios Vistalmar Duquesa Norte contra la mercantil Paraíso Bahía de Casares, S.A., debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la suma de 110.337,98 €, con los intereses legales de la misma desde el 2.12.09; y todo ello con expresa condena en costas a la mencionada demandada.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/09, de 3 de noviembre.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Paraíso Bahía de Casares, S.A., al tener paradero desconocido extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintiuno de diciembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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