Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 01/10/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 24 de julio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo, dimanante de procedimiento ordinario núm. 37/2010. (PP. 2300/2012).

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NIG: 1405242C20100000074.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 37/2010. Negociado: FG.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: BBVA, S.A.

Procuradora: Sra. María José Cabello Gutiérrez.

Letrado: Sr. Villarreal Luque, Vicente.

Contra: Don Miguel Ángel Hidalgo González.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 37/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Peñarroya-Pueblonuevo a instancia de BBVA, S.A. contra don Miguel Ángel Hidalgo González sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia cuyo extracto es como sigue:

En Peñarroya-Pueblonuevo, a 22 de junio de 2011.

Vistos por don José Antonio Yepes Carmona, Juez titular del Juzgado de la Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo y de su partido judicial, los autos núm. 37/2010 sobre juicio ordinario en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, seguidos a instancia de la entidad BBVA S.A., representada por la Procuradora Sra. Cabello Gutiérrez, y defendida por el Letrado Sr. Villaverde Luque, contra don Miguel Ángel Hidalgo Luque, en situación procesal de rebeldía, se procede a dictar, en nombre de S.M. el Rey, la siguiente resolución,

FALLO

Se estima la demanda presentada por la entidad BBVA S.A., representada por la Procuradora Sra. Cabello Gutiérrez, y defendida por el Letrado Sr. Villaverde Luque, contra don Miguel Ángel Hidalgo Luque, condenando a este último a pagar a la entidad actora la cantidad de 3.766,65 euros de principal, mas intereses de demora al 20% desde el día 21 de diciembre de 2009 y sobre la base de la cantidad adeudada hasta su completo pago.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Córdoba, que deberá presentarse ante este propio juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, y para lo cual es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional 15.ª de la L.O 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.

Líbrese testimonio de esta sentencia para su unión a autos, y notifíquese la misma a las partes, en la forma legalmente establecida.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Miguel Ángel Hidalgo González, actualmente en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Peñarroya-Pueblonuevo, a veinticuatro de julio de dos mil doce.- El/La Secretario.

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