Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 08/10/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 21 de septiembre de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 945/2011.

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NIG: 2906744S20110014388.

Procedimiento: Social Ordinario 945/2011 Negociado: b2.

De: Don José Fernando Castro Doblado.

Contra: Fondo de Garantía Salarial, Comunidad de Propietarios Four Seasons Country Club, Alanda Club Marbella Limited, Alanda Club Marnella S.L., Alanda Holidays, S.L., MC Inerney España, S.L., MC Inerney Resorts Marbella Limited y Alanda Management Services, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 945/2011 a instancia de la parte actora don José Fernando Castro Doblado contra Fondo de Garantía Salarial, Comunidad de Propietarios Four Seasons Country Club, Alanda Club Marbella Limited, Alanda Club Marnella, S.L., Alanda Holidays, S.L., Mc Inerney España, S.L., Mc Inerney Resorts Marbella Limited y Alanda Management Services, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 21.9.12 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

- Tener por desistido a José Fernando Castro Doblado de su demanda frente a Fondo de Garantía Salarial, Comunidad de Propietarios Four Seasons Country Club, Alanda Club Marbella Limited, Alanda Club Marnella, S.L., Alanda Holidays, S.L., Mc Inerney España, S.L., Mc Inerney Resorts Marbella Limited y Alanda Management Services, S.L.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (Arts. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Alanda Club Marbella Limited y Mc Inerney Resorts Marbella Limited, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintiuno de septiembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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