Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 09/10/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de mayo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2225/2009. (PP. 2066/2012).

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NIG: 4109142C20090067803.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2225/2009. Negociado: 3.º

Sobre: Demanda Declarativa de Dominio.

De: Don Fernando Torralba Campos.

Procurador: Sra. Reyes Gutiérrez de Rueda García.

Letrado Sr. Mario López Gaitica.

Contra: Sandebel, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2225/2009 seguido a instancia de don Fernando Torralba Campos frente a Sanbedel, S.L., se ha dictado sentencia de fecha 12 de julio de 2012 que fue rectificada por auto de fecha 1 de febrero de 2012, y cuyos antecedentes de hecho y fallo a continuación se transcriben:

SENTENCIA NÚM. 173/2011

Juez que la dicta: Don Miguel Ángel Galvez Jiménez.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Doce de julio de dos mil once.

Parte demandante: Fernando Torralba Campos

Procuradora: Sra. Reyes Gutiérrez de Rueda García.

Parte demandada: Sanbedel, S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Pretensión de la actora. Por la representación procesal de la parte actora se presenta el día 24 de noviembre de 2009 demanda de juicio ordinario, por la que se solicita sea dictada sentencia por la que se declare su dominio sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda, y se proceda a rectificar la situación registral de la citada finca.

Segundo. Pretensión de la parte demandada. Conferido traslado a la parte contraria, la parte demandada no contesta a la demanda, ni se persona en las actuaciones decretándose su rebeldía procesal.

Tercero. Desarrollo del juicio. Celebrada la audiencia previa con la sola asistencia de la parte actora, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia al no admitirse más que la prueba documental aportada con la demanda.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta Fernando Torralba Campos contra Sandebel, S.L., declaro el dominio sobre la finca registral 4146 del RP de San Juan de Aznalfarache corresponde por mitad pro-indivisa a Fernando Torralba Campos, casado, con DNI 27302354C y domicilio C/ Democracia, número 26, 41806 de Umbrete, Sevilla, y a Francisco Javier Torralba Campos, casado, con DNI 27303327E, y domicilio en Calle Lentisco, núm. 3, 41111 de Almensilla, Sevilla, y en su consecuencia se proceda a cancelar los asientos contradictorios, y se proceda a inscribir la titularidad de la citada finca a nombre de Fernando Torralba Campos y a Francisco Javier Torralba Campos por partes iguales.

Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Notifíquese a las partes. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2329000000222509, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de Asistencia Jurídica Gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Miguel Angel Gálvez Jiménez. Firmado y rubricado.

Lo transcrito responde bien y fielmente con los originales a los que me refiero y encontrándose la entidad demandada Sanbedel, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla a veintitrés de mayo de dos mil doce.- La Secretaria Judicial.

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