Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 10/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 27 de junio de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recaída en el recurso de apelación núm. 551/2011, dimanante de los autos núm. 740/2008.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Se ha sustanciado ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, el recurso de apelación núm. 551/2011, seguido a instancia de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Seis de Sevilla, dictada en fecha 14 de julio de 2011, en los autos núm. 740/2008.

La sentencia de primera instancia del Juzgado Contencioso-Administrativo número Seis de Sevilla estimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Tele Puerto Real, S.L., contra la resolución de la Dirección Provincial de Cádiz del Servicio Andaluz de Empleo por la que entre otras cuestiones se acuerda ordenar la devolución de 7.858,02 euros, por considerarla no ajustada a derecho.

Recurrida en apelación la sentencia por la Consejería de Empleo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla dictó Sentencia en fecha 9 de febrero de 2012, con el siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 14 de julio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Seis de Sevilla, en los autos núm. 740/2008, procediendo la revocación del mismo y continuación del proceso por sus respectivos trámites. Sin costas. Hágase saber a las partes que contra que contra esta sentencia no cabe recurso.»

FUNDAMENTOS DE DERECHO

En virtud de lo establecido en la disposición transitoria única de la Resolución de 22 de septiembre de 2011, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la agencia en materia de personal, de gestión económica-financiera, de contratación y de gestión administrativa y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

DISPONGO

El cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de fecha 9 de febrero de 2012, recaída en el recurso de apelación núm. 551/2011, por la que se confirmaba la Sentencia recurrida.

Sevilla, 27 de junio de 2012.- La Secretaria General Técnica, Ana María Robina Ramírez.

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