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Examinado el expediente incoado a instancia de don Miguel Ángel Yoldi Fabeiro y doña María Rosario Lobatón Sánchez de Alba, representantes de «Gesmars Docente, S.L.», entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Compañía de María», en solicitud de cambio de titularidad a favor de «Grupo Educativo Delta, S.A.».
Resultando que los centros tienen autorización administrativa para 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo con 150 puestos escolares, para 12 unidades de educación primaria con 300 puestos escolares, para 8 unidades de educación secundaria obligatoria con 240 puestos escolares y para 8 unidades de bachillerato (4 de Ciencias y tecnología con 140 puestos escolares y 4 de Humanidades y ciencias sociales con 120 puestos escolares), por Orden de 30 de enero de 1996 (BOJA de 2 de marzo), contando además con 1 unidad concertada de educación básica especial de apoyo a la integración.
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Compañía de María», a favor de «Gesmars Docente, S.L.».
Resultando que «Gesmars Docente, S.L.», mediante escritura de cesión otorgada ante don Jaime Recarte Casanova, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, cede la titularidad de los referidos centros a favor de «Grupo Educativo Delta, S.A.», que la acepta.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Compañía de María», código 41005725, con domicilio en C/ Colombia, 2, de Sevilla, que, en lo sucesivo, la ostentará «Grupo Educativo Delta, S.A.», que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se les reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquellas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.
Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.
Tercero. El presente cambio de titularidad surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2012.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de septiembre de 2012
MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ | |
Consejera de Educación |