Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 25/10/2012

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Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 8 de octubre de 2012, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, de reintegro expediente que se cita.

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Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Córdoba notificando Resolución de Reintegro recaída en el expediente que abajo se relaciona, incoado según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imposibilidad de practicar la notificación a la entidad interesada, que a continuación se relaciona en el último domicilio social de la misma, se le notifica a través de este anuncio la resolución dictada en el expediente administrativo de reintegro:

Entidad: Mármoles y Granitos Aljanadic, S. Coop. And.

Núm. Expte.: RS.0053.CO/06-RT23/12.

Dirección: Pol. Ind. La Sierrezuela, C/ Narciso Monturiol, Parc. 80, Manzana D, 14730, Posadas (Córdoba).

Asunto: Notificando Resolución de Reintegro.

Importe a reintegrar (principal e intereses de demora): 11.619,74 € (once mil seiscientos diecinueve euros con setenta y cuatro céntimos).

Motivo: Reintegro por incumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Asimismo, se le advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley 30/1992.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Informándoles que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Córdoba, 8 de octubre de 2012.- El Delegado, José Ignacio Expósito Prats.

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