Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 07/11/2012

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 9 de octubre de 2012, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crean y clasifican dos puestos de trabajo de Secretaría-Intervención (SAT) de la Diputación Provincial de Sevilla como puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00016122.

La Diputación Provincial de Sevilla, mediante acuerdo adoptado en Pleno, de fecha 29 de septiembre de 2011, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la creación y clasificación de dos puestos de trabajo de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, subescala Secretaría-Intervención para la función de asistencia a los municipios, contemplada en los artículos 26.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, en el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del citado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

La documentación presentada, para la acreditación de las circunstancias que exceptúan las limitaciones a la creación de empleo público referidas en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 y concordantes, se concreta en certificado acreditativo del acuerdo de voluntad de solicitar ante la Comunidad Autónoma Andaluza la creación de los citados puestos con las características y las funciones que les serán atribuidas, certificado del informe de la Intervención indicando el compromiso de Diputación de Sevilla para la tramitación de la modificación de la plantilla y la correspondiente dotación presupuestaria, informe de la Intervención sobre la adecuada dotación presupuestaria, en el que se especifica el ahorro que va a suponer la amortización de cinco puestos de trabajo, una vez el expediente disponga de su aprobación plenaria, y acuerdo de Pleno para la creación y amortización de plazas y puestos en la plantilla de personal funcionario.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Crear y clasificar dos puestos de trabajo de Secretaría-Intervención (SAT) de la Diputación Provincial de Sevilla, asignándoles la función de asistencia a los municipios, de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 12.1.f) y 14.2.e) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, el artículo 26.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su desempeño por funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. El sistema de provisión de los puestos, que tienen asignados nivel 23 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de octubre de 2012.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.

Descargar PDF