Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de diciembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2301/2009. (PP. 4220/2011).

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NIG: 4109142C20090066461.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2301/2009. Negociado: 2P.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: BBVA, S.A.

Procuradora: Sra. Encarnación Roldán Barragán.

Contra: Doña Macarena Martín Caro.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2301/2009, seguido a instancia de BBVA, S.A., frente a Macarena Martín Caro se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA 184/2011

En Sevilla, a ocho de julio de dos mil once.

Vistos por mí, Marina del Río Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad seguidos en este Juzgado con el número 2301/09, instados por la Procuradora Sra. Roldán Barragán en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., bajo la dirección Letrada de la Sra. Olavaria Rodríguez Arango contra doña Macarena Martín Caro declarada en rebeldía.

FALLO

Que con estimación plena de la demanda promovida por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra doña Macarena Martín Caro, debo declarar y declaro que la demandada adeuda al demandante la cantidad de 18.879,96 euros, condenándole a estar y pasar por esta declaración y, en consecuencia, a que pague al demandante la referida cantidad, con los intereses establecidos en el fundamento de derecho penúltimo, así como al pago de las costas procesales causadas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4119/0000/15230109, indicando en las Observaciones del documento de ingreso del tipo concreto del recurso seguido del código 02, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y encontrándose dicha demandada doña Macarena Martín Caro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a siete de diciembre de dos mil once.- El Secretario Judicial.

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