Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 13/11/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 7 de noviembre de 2012, de la Viceconsejería, por la que se garantiza el mantenimiento del servicio público que presta el personal funcionario adscrito a la Consejería con motivo de la Huelga General del 14 de noviembre de 2012, mediante el establecimiento de servicios esenciales mínimos.

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Las Organizaciones Sindicales Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CC.OO.) han convocado una Huelga General que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y por los empleados públicos de todas las Administraciones Públicas y Entidades Instrumentales de ellas dependientes, y que tendrá lugar durante la jornada del día 14 de noviembre de 2012, comenzando a las 00,00 horas y terminando a las 24,00 horas del citado día 14.

La Constitución en su artículo 28.2 reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. Aun cuando resulta innegable que los funcionarios públicos están constitucionalmente legitimados para ejercer el derecho de huelga como instrumento de presión en defensa de sus propios intereses, también es cierto que la Administración viene obligada por el ordenamiento a establecer las garantías necesarias que hagan posible el funcionamiento de los servicios esenciales de la Comunidad.

Si bien, todo ello debe venir inspirado en los principios y criterios establecidos al efecto por el Tribunal Constitucional (SSTC 33/1981, 51/1986, 27/1989 y 43/1990, fundamentalmente), entre los cuales son destacables el de proporcionalidad de los sacrificios y el de la menor restricción posible del derecho de huelga, procurando una proporción razonable entre los servicios mínimos a imponer a los huelguistas y los perjuicios que puedan irrogarse a los usuarios de aquellos.

En consecuencia, teniendo en cuenta que la citada Huelga General puede afectar a todo el personal funcionario e interino de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, y considerando que los servicios más abajo especificados tienen un carácter esencial cuya total paralización puede afectar a bienes y derechos dignos de protección, esta Administración se ve compelida a la fijación de Servicios Mínimos en la forma expresada en el Anexo a la presente Resolución, para los siguientes supuestos:

- Servicios relativos a la Sanidad Animal, por su incidencia en la salud pública y su implicación en los mercados y mataderos y sobre el comercio y transporte de animales. De esta forma se considera imprescindible asegurar la prestación del servicio público de inspección, siquiera sea con la mínima dotación posible en cada unidad territorial desde la que tal servicio se presta, posibilitando así la expedición de guías sanitarias para el transporte de ganados y productos alimentarios.

- Conservación de la naturaleza, especialmente de aquellos espacios y parajes naturales protegidos.

- Vigilancia y control de la calidad ambiental y de recursos naturales.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28.2 de la Constitución Española; el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; y las Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril de 1981 y de 15 de marzo de 1999, en uso de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes, previa negociación y acuerdo con los representantes del Comité de Huelga formado por las Organizaciones Sindicales convocantes y que tienen implantación en el ámbito del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

1. Establecer como Servicios Esenciales para la Comunidad a prestar con carácter de mínimos en la jornada de la Huelga General fijada para el 14 de noviembre de 2012, los que figuran en el Anexo de la presente Resolución, y que serán prestados por el personal funcionario que en el mismo se fija.

2. En el caso de que por la Autoridad Laboral se hayan dispuesto servicios mínimos atendidos por el personal del ámbito de su competencia que coincidan con los establecidos en esta norma para el personal funcionario e interino, se evitará la duplicidad de la prestación.

3. La presente Resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de noviembre de 2012.- El Viceconsejero, Juan Antonio Cortecero Montijano.

ANEXO

SERVICIOS CENTRALES Y/O PERIFÉRICOS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE Y DE LA AGENCIA DE GESTIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE ANDALUCÍA

1. Servicios Centrales:

- Dos Agentes de Medio Ambiente en el Espacio Natural de Doñana.

- Dos Agentes de Medio Ambiente en el Espacio Natural de Sierra Nevada.

2. Servicios Periféricos:

- Un Técnico Veterinario en cada una de las Delegaciones Territoriales.

- Un Inspector Veterinario en cada una de las Oficinas Comarcales Agrarias.

- Un Técnico de Protección Ambiental en cada una de las Delegaciones Territoriales.

- Dos Agentes de Medio Ambiente en el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas.

- Un Agente de Medio Ambiente en cada uno de los restantes Parques Naturales no citados con anterioridad.

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