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En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera, Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede de Sevilla, corresponde a la Consejería de Salud y Bienestar Social dar cumplimiento a la sentencia dictada por dicho Tribunal recaída en el recurso de apelación núm. 309/2012, interpuesto por la Central Sindical Independiente y Funcionarios, cuyo tenor literal es el siguiente:
«FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso de apelación interpuesto por la Central Sindical Independiente de Funcionarios CSI-F representada y defendida por la Letrada Sra. Jiménez Bermejo y el Ministerio Fiscal, contra Auto dictado el 3 de febrero de 2012, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 5 de Sevilla. Que debemos revocar, adaptando la medida cautelar de suspensión del acto impugnado. Sin costas.»
No obstante, la Consejería de Salud por Orden de 8 de febrero de 2012, BOJA núm. 37, de 23 de febrero de 2012, acordó la suspensión del concurso de méritos convocado por Orden de 2 de marzo de 2011, al ser conjunta con el resto de convocatorias, en cumplimiento de los autos de 16 y 19 de enero de 2012, de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo 9 y 8 de Sevilla de suspensión del concurso de la Consejería de Gobernación y Justicia; de 24 de enero de 2012, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Sevilla de suspensión de la Consejería de Hacienda y Administración Pública; de 24 de enero de 2012, de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo núms. 9 y 4 de Sevilla de suspensión del concurso de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia; de 19 y 27 de enero de 2012, de los Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núms. 8 y 3 de Sevilla de suspensión de la Consejería de Medio Ambiente; y de 17 de enero del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Sevilla de suspensión del concurso del Consejo Consultivo de Andalucía.
He resuelto
Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y proceder de conformidad con los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la ejecución de la citada sentencia.
Sevilla, 25 de octubre de 2012
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO | |
Consejera de Salud y Bienestar Social |