Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 16/11/2012

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Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 9 de agosto de 2012, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Cádiz, por la que se concede Autorización Administrativa y Declaración en Concreto de Utilidad Pública del proyecto de línea aérea que se cita en el término municipal de Vejer de la Frontera. (PP. 2628/2012).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 24 de noviembre de 2011, don Bernardo Robles Cano, en nombre y representación de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con domicilio en Avda. de la Borbolla, 5, 41004 Sevilla, solicitó la Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, en concreto, para la instalación que se cita, de acuerdo con el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

A tal efecto se adjuntó el proyecto de Proyecto de Línea Aérea 66 kV e/s «se Parralejo» desde línea aérea 66 kV s/c SE Conil-SE Vejer, en el término municipal de Vejer de la Frontera y relación de propietarios de los terrenos afectados.

Segundo. De conformidad con el artículo 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio, respectivamente, en el BOP de Cádiz núm. 49, de 13.3.2012, BOJA núm. 99, de 8.3.2012, BOE núm. 43, de 20.2.2012 y en La Voz de Cádiz de fecha 5.7.2012. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera durante el período de 20 días, sin haberse producido alegación alguna.

Tercero. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, fueron notificados los Organismos que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, en concreto, Ayuntamiento de Vejer de la Frontera y Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, no habiendo recibido oposición de ninguno de ellos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial es competente para resolver sobre la citada Autorización, Aprobación del Proyecto y Declaración de Utilidad Pública, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía L.O. 2/2007, de 19 de marzo, en los Decretos del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía, Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y Empleo, Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra­tivo Común.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Ser­vicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Otorgar a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., Autorización Administrativa y declarar en concreto la Utilidad Pública a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación cuyas principales carac­terísticas son las siguientes:

Descripción de la instalación:

Proyecto de línea aérea 66 kV E/S «SE Parralejo» desde línea aérea 66 kV S/C SE Conil-SE Vejer, en el término municipal de Vejer de la Frontera.

Emplazamiento de la instalación: Junto a SE Parralejo.

Términos municipales afectados: Vejer de la Frontera.

Finalidad de la instalación: Mejorar el suministro eléctrico de la zona.

Características fundamentales:

Línea eléctrica:

Origen: Nuevo apoyo entrada SE Parralejo.

Final: Apoyo 11 (entronque) línea SE Conil-SE Vejer.

Tipo: Aérea D/C.

Longitud (km): 2,534.

Conductores: LA-280.

Tensión de servicio: 66 kV.

Cable de tierra: OPGW 48.

Apoyos: Torres metálicas en celosía.

Referencia: AT-12061/11.

Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen y las espe­ciales siguientes:

1. Esta Autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

2. Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la sección segunda del Capítulo II del Real Decreto 1955/2000.

3. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución.

4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta puesta en marcha.

5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecu­ción del proyecto y en su explotación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolu­ción en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las con­diciones impuestas en ella.

7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno ex­pediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se de­riven según las disposiciones legales vigentes.

8. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecu­ción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la insta­lación, habiendo sido aceptados por el mismo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía ad­ministrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notifica­ción, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra­tivo Común.

Cádiz, 9 de agosto de 2012.- La Delegada, Angelina María Ortiz del Río.

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