Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 03/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 30 de diciembre de 2011, de la Viceconsejería, mediante la que se da publicidad a los convenios de colaboración que se citan.

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Para su conocimiento y efectos oportunos, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de un extracto básico de las características fundamentales de los Convenios de Colaboración que figuran en el Anexo de esta Resolución, suscritos en virtud de la disposición adicional única de la Ley 8/2010, de 14 de julio, de Medidas Tributarias de Reactivación Económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, referentes a la composición, organización y gestión de los fondos previstos en el apartado 3 del artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía que se citan.

Sevilla, 30 de diciembre de 2011.- El Viceconsejero, Luis Nieto Ballesteros.

ANEXO

Convenio de 30 de julio de 2010 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial.

Creación: Disposición adicional quinta apartado uno de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.

Dotación inicial: 204.000.000,00 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Empresas con domicilio social o centro operativo en Andalucía, excluidos los empresarios individuales, las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: Proyectos de empresas que se encuentren en fase semilla, arranque, con alto potencial innovador y de crecimiento, fundamentalmente en sectores tradicionales sometidos a procesos de reconversión industrial, así como en nuevos sectores como ecoindustrias, tecnologías de la información y comunicación (TIC), biotecnología e industria aeroespacial (impulso emprendedor) y proyectos de empresas con un plan de negocio orientado a la expansión y globalización, con la finalidad de obtener un liderazgo en los mercados globales contribuyendo al desarrollo económico de Andalucía (consolidación y expansión empresarial).

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Créditos o préstamos, microcréditos, préstamos participativos, operaciones de capital riesgo, toma de participaciones minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada, y otorgamiento de garantías.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 30 de julio de 2010 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo para el impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética.

Creación: Disposición adicional quinta apartado dos de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.

Dotación inicial: 30.000.000,00 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Preferentemente microempresas y pequeñas y medianas empresas andaluzas, cualquiera que sea su forma jurídica, con domicilio social o centro operativo en Andalucía.

Proyectos financiables: Proyectos que contemplen actuaciones en materia de energías renovables y eficiencia energética.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Créditos o préstamos, microcréditos, préstamos participativos, operaciones de capital riesgo, toma de participaciones minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada y otorgamiento de garantías.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 30 de julio de 2010 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo de Economía Sostenible para Andalucía.

Creación: Disposición adicional séptima de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.

Dotación inicial: 50.000.000 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Las empresas establecidas en Andalucía y, particularmente, las microempresas (empresas con menos de 10 personas, incluídos trabajadores por cuenta propia, y cuyo volumen de negocios anual no supera los 2 millones de euros) que tengan domicilio social o centro operativo en Andalucía o vayan a contar con establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo. Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción de las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: Proyectos dedicados a la mejora de la sostenibilidad económica, preferentemente mediante el apoyo a la innovación y a las iniciativas emprendedoras, el refuerzo de la sostenibilidad ambiental mediante un uso más eficiente de los recursos naturales, a través de la implantación de sistemas de gestión ambiental, mejoras en el uso de agua y materias primas en la industria, así como la gestión de residuos y el fomento de la sostenibilidad social mediante proyectos a favor de la integración social de colectivos desfavorecidos, así como a través de proyectos que mejoren las condiciones de seguridad en el trabajo.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Créditos o préstamos, microcréditos, préstamos participativos, operaciones de capital riesgo, toma de participaciones minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada, y otorgamiento de garantías.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 1 de abril de 2011 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo para Emprendedores Tecnológicos.

Creación: Disposición adicional duodécima de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

Dotación inicial: 20.000.000 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Microempresas y pequeñas empresas con menos de 4 años de existencia, preferentemente en fase de desarrollo inicial o arranque, que vayan a desarrollar su actividad en Andalucía. Quedan excluidas las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: Proyectos de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas con elevado potencial de crecimiento, que operen en sectores industriales de alta tecnología o emergentes, y que tengan como objetivo desarrollar nuevas actividades productivas y de servicios basadas en las nuevas tecnologías y en el conocimiento especializado, mejorando la oferta actual con productos y servicios innovadores y con prestaciones claramente superiores a la oferta ya existente.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Preferentemente préstamos participativos y operaciones de capital riesgo. Asimismo, toma de participaciones minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, y a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 4 de febrero de 2011 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo de Apoyo a la Internacionalización de la Economía Andaluza.

Creación: Disposición adicional novena de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

Dotación inicial en 2009: 10.000.000 euros.

Dotación adicional en 2011: 20.000.000 euros.

Entidad Gestora: Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A. (Extenda).

Destinatarios: Empresas, PYMES y no PYMES, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo los empresarios autónomos que tengan domicilio social o centro operativo en Andalucía, a excepción de las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: proyectos ligados a la internacionalización de la empresa, compatible con las políticas de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y, en concreto, con los objetivos del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 o sucesivos, con independencia del sector al que pertenezcan, y que contribuyan a la generación y mantenimiento del empleo.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Préstamos, pólizas de créditos, microcréditos, préstamos participativos, operaciones de capital riesgo, toma de participantes minoritarias y temporales en el capital social de la empresa destinataria de la medida con pacto de recompra o salida pactada, otorgamiento de garantías, así como cualquier otra fórmula de financiación distinta de las anteriores reconocidas en el tráfico mercantil.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, y a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.extenda.es/.

Convenio de 1 de abril de 2011 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo de Generación de Espacios Productivos.

Creación: Disposición adicional décima de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

Dotación inicial: 50.000.000,00 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Empresas con domicilio social o centro operativo en Andalucía, excluidos los empresarios individuales, las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: Proyectos para la generación o cualificación de suelo industrial y terciario, excluyendo aquellos suelos con uso dominante comercial y proyectos para la generación o cualificación de edificaciones para uso predominante industrial o de servicios, excluyendo los de uso predominante comercial.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Créditos o préstamos, otorgamiento de garantías, así como cualquier otra fórmula de financiación reconocida en el tráfico mercantil.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Tres meses desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 9 de junio de 2011 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo para la reestructuración financiera de las empresas.

Creación: Disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

Dotación inicial: 70.000.000,00 millones de euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Empresas acogidas a la Orden de 5 de noviembre de 2008 de la Consejería de Economía, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2008 y 2009, modificada por la Orden de 23 de mayo de 2011 (BOJA número 107, de 2 de junio de 2011).

Proyectos financiables: Proyectos contemplados en la Orden de 5 de noviembre de 2008, modificada por la Orden de 23 de mayo de 2011.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Instrumentos financieros: Préstamos o garantías sobre préstamos (ayudas de salvamento, ayudas de reestructuración y ayudas temporales de garantías a empresas con dificultades crediticias).

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Presentación de solicitudes: De acuerdo con el procedimiento contemplado en la Orden de 5 de noviembre de 2008. Las solicitudes podrán presentarse a lo largo de la vigencia de la citada Orden, en función de los recursos del Fondo. Para el ejercicio 2011, las solicitudes de los instrumentos de financiación con cargo a este Fondo podrán presentarse a partir de la fecha de apertura de las correspondientes convocatorias de ayudas conforme a lo establecido en la citada Orden y en la Disposición adicional única de la Orden de 23 de mayo de 2011, para las ayudas temporales de garantías a empresas con dificultades crediticias.

Plazo de resolución: De acuerdo con el procedimiento contemplado en la Orden de 5 de noviembre de 2008.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

Convenio de 27 de septiembre de 2011 entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia referente al Fondo de avales y garantías a pequeñas y medianas empresas.

Creación: Disposición adicional undécima de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

Dotación inicial: 10.000.000,00 euros.

Entidad Gestora: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Agencia IDEA).

Destinatarios: Empresas que sean autónomos o pymes y, de manera preferente, las microempresas con domicilio social o centro operativo en Andalucía. También podrán ser destinatarias aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social en Andalucía o que vayan a contar con establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo. No podrán ser destinatarias de este Fondo las empresas en crisis, las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

Proyectos financiables: Proyectos que contribuyan de manera especial a la creación o mantenimiento del empleo y de la capacidad productiva en Andalucía, pudiendo consistir tanto en inversiones como en operaciones de circulante-corriente. Se atenderán preferentemente aquellos proyectos en los que el aval o garantía concedida se destine, para el caso de operaciones de circulante, a la obtención de líneas de crédito o descuento comercial y, en operaciones de inversión, a préstamos, leasing o renting.

Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica.

Las operaciones que se aprueben se efectuarán en condiciones de mercado.

Instrumentos financieros: Otorgamiento de avales y garantías.

Presentación de solicitudes: Ante la entidad gestora, y en su caso, ante las entidades colaboradoras, a lo largo de todo el ejercicio, en función de las disponibilidades de recursos del Fondo.

Plazo de resolución: Dos meses desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Vigencia: Indefinida hasta la liquidación del Fondo.

Información: http://www.agenciaidea.es/.

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