Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 26/11/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso núm. 588/2012 ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 8 de octubre de 2012, en los Autos del Procedimiento de Expropiación Forzosa núm. 588/2012 (Negociado M8), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don José Serrano López y otro contra el Acuerdo adoptado con fecha 25 de julio de 2012 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ciento dos mil ochocientos un euros y cincuenta y dos céntimos de euro (102.801,52 euros) en el expediente 2011/002, relativos a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don José y don Rafael Serrano López, titulares de la finca polígono núm. 8, parcela núm. 47, sita en el término municipal de Baena, afectadas por el proyecto de obras de «Centro de Recepción de Visitantes del Yacimiento Arqueológico de Torreparedones», y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Baena (Córdoba).

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Córdoba, sede de esta C.P.V., con fecha 9 de noviembre de 2012.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm 52, del 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero: Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de don José Serrano López y otro, contra el Acuerdo adoptado con fecha 25 de julio de 2012 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en ciento dos mil ochocientos un euros y cincuenta y dos céntimos de euro (102.801,52 euros) en el expediente 2011/002, relativos a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don José y don Rafael Serrano López, titulares de la finca polígono núm. 8, parcela núm. 47, sita en el término municipal de Baena, afectadas por el proyecto de obras de «Centro de Recepción de Visitantes del Yacimiento Arqueológico de Torreparedones», y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Baena (Córdoba).

Segundo. Remitir al Ayuntamiento de Baena, como interesado en el procedimiento, fotocopia del escrito de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, sobre interposición del citado recurso contencioso-administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a dicha Entidad Local y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 12 de noviembre de 2012.- El Presidente de la Comisión, Manuel Roldán Guzmán.

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