Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 10/12/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de septiembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 308/2010. (PP. 2786/2012).

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NIG: 2906742C20100005140.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 308/2010. Negociado: 8.

Sobre: Ordinario

De: Unicaja

Procurador: Sr. Alfredo Gross Leiva.

Letrado: Sr. Garzón Blanco, Fernando.

Contra: Don Francisco Cabrera Moscoso.

EDICTO

En el procedimiento Juicio Ordinario (250.2) 308/2010 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja) contra don Francisco Cabrera Moscoso sobre reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 88/2011

En Málaga a treinta y uno de marzo de dos mil once.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Ordinario que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por el Procurador de los Tribunales señor Gross Leiva y asistido del Letrado señor Garzón Blanco, contra don Francisco Cabrera Moscoso, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Gross Leiva, en nombre y representación de Unicaja, sobre abono de 11.145,08 euros, frente a don Francisco Cabrera Moscoso, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la actora la citada suma, más intereses legales según se determinan en el fundamento de derecho tercero de esta resolución, y costas.

La presente resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación en plazo de cinco dias, que se preparará presentando escrito ante este Juzgado en el que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan.

Asi por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose el demandado, don Francisco Cabrera Moscoso, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintiocho de septiembre de dos mil doce.- El Secretario Judicial.

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