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NIG: 0401342C20080007790.
Procedimiento: Juicio Verbal 909/2008. Negociado: TV.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Unicaja.
Procuradora: Sra. Abad Castillo, Antonia.
Contra: Don Miguel Ángel Rodríguez Torres.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal 909/2008, seguido a instancia de Unicaja frente a don Miguel Ángel Rodríguez Torres se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Núm. 16/2010
En Almería, a diecinueve de marzo de 2010, el llmo. Sr. don Jesús Miguel Hernández Columna, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Tres de esta capital, ha visto los autos de Juicio Verbal núm. 909/2008, seguidos a instancia de la entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora Sra. Abad Castillo y asistida del Letrado/a Sr./Sra. García Gallardo, contra don Miguel Ángel García Torres, en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente a virtud de los siguientes,
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por la Procuradora Sra. Abad Castillo, en nombre y representación de la entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), contra don Miguel Ángel García Torres, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a que pague a la actora la suma de mil setecientos treinta y seis euros y ochenta céntimos (1.736,80 €), más los intereses pactados al tipo expresado en el Contrato de Financiación de Préstamo al Consumo de Comercios, y al pago de las costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, don Miguel Ángel Rodríguez Torres, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Almería, a once de julio de dos mil once.- La Secretaria Judicial, María Isabel Ruiz Torres.
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