Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 13/12/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 19 de noviembre de 2012, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Marbella, dimanante de procedimiento núm. 15/2012.

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NIG: 2906942C20120001812.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod./alim. menor no matr.noconsens. 15/2012. Negociado: A6.

Sobre: Dimanante de las Urgentes núm. 8/12.

De: Doña Manuela Pedrosa Sánchez.

Procuradora: Sra. Pilar Barea Sánchez.

Letrada: Sra. Encarnación Moreno Muñoz.

Contra: Don José Candón Ríos y Ministerio Fiscal.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia.Guarda/custod./alim.menor no matr.noconsens. 15/2012 seguido a instancia de doña Manuela Pedrosa Sánchez frente a don José Candón Ríos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo literalmente dicen así:

«SENTENCIA NÚM. 56/2012

En Marbella, a tres de octubre de 2012.

Vistos por el lImo. Magistrado/Juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Marbella, don Juan José Navas Blánquez, los presentes autos de medidas sobre hijos de unión de hechos, número 15 del año 2012, a instancia de la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Barea Sánchez, en nombre y representación de doña Manuela Pedrosa Sánchez, contra don José Candón Ríos declarado en situación de rebeldía procesal, habiendo sido igualmente parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda sobre Medidas de mutuo acuerdo, presentada por doña Manuela Pedrosa Sánchez frente a don José Candón Ríos, se acuerdan como medidas definitivas las siguientes:

A. Los hijos quedarán bajo la guarda y custodia de su madre, sin perjuicio de la patria potestad compartida.

B. Se atribuye el uso de la vivienda familiar sita en Hacienda Cortés los Caireles, Parcela número 8, de Marbella, a doña Manuela Pedrosa Sánchez.

C. Con el fin de que el progenitor que no tiene la guarda y custodia de la menor pueda relacionarse con ella, y debido a la corta edad de la misma, se pacta el siguiente régimen:

D. El padre podrá disfrutar de los menores los fines de semana alternos, los viernes y sábados tutelados en el Punto de Encuentro Familiar de Marbella conforme a los horarios impuestos en dicho centro.

E. En concepto de pensión por alimentos don Manuel Pedrosa Sánchez contribuirá como pensión de alimentos para los hijos comunes en común con la cantidad de ciento ochenta euros mensuales (180,00 €), a razón de 90 euros para cada uno de los hijos, esta cantidad se adaptará anualmente conforme a las variaciones del IPC; dichas cantidades serán ingresadas dentro de los primeros cinco días de cada mes en la cuenta que designe la madre.

Todos los gastos que se ocasionen relacionados con la menor serán satisfechos al 50% entre ambos progenitores, incluidos los gastos escolares y sanitarios.

Sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Málaga.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4072, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y encontrándose dicho demandado, don José Candón Ríos, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a diecinueve de noviembre de dos mil doce.- La Secretaria Judicial.

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