Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 08/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 11 de enero de 2012, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 104/2012).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

- Carrera mínima 3,42 euros

- Bajada de bandera 1,25 euros

- Por cada km recorrido 0,86 euros

- Por cada hora en espera 19,04 euros

Tarifa 2

- Carrera mínima 4,28 euros

- Bajada de bandera 1,53 euros - Por cada km recorrido 1,06 euros

- Por cada hora en espera 23,82 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 21,00 a 7,00 horas.

b) Servicios realizados en sábado, domingo y festivos, las 24 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, las 24 horas. Suplemento de nocturnidad de 2,10 euros (se aplicará en vísperas de festivos y viernes, sábados, domingos y festivos en horario desde las 22,00 horas a las 6,00 horas).

Tarifa 3

- Carrera mínima 5,35 euros

- Bajada de bandera 1,92 euros

- Por cada km recorrido 1,32 euros

- Por cada hora en espera 29,78 euros

La tarifa 3 es la suma de la tarifa 2 más el 25%, y se aplicará los días de Feria Local desde las 21,00 horas a las 07,00 horas, mientras que en horario de 07,00 horas a 21,00 horas se aplicará la tarifa 2.

Suplementos: (No aplicables a servicios interurbanos):

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,47 euros

Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:

- Polígonos industriales en la margen derecha,

dirección Sevilla 1,26 euros

- Centro Penitenciario Alcalá 1,51 euros

- Visitas y trabajadores Ciudad de San Juan de Dios 1,51 euros

- Residentes en Ciudad San Juan de Dios 0,79 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de enero de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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