Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 09/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales la bandera del municipio de Taberno (Almería).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Ayuntamiento de Taberno (Almería), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 29 de diciembre de 2011 el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su bandera municipal, cuya descripción quedaría como sigue:

Paño de proporciones 2/3. Tercio al asta encajado y ondeado de color blanco con un almendro en el cantón superior al asta, el batiente de color verde con el escudo en el cantón inferior del mismo.

Mediante escrito de fecha 16 de enero de 2012, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su bandera en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado k) del artículo 8.2 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción de la bandera del municipio de Taberno (Almería), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con las gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de enero de 2012.- El Director General, Antonio Ramírez Ortega.

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