Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 13/02/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1975/2009. (PP. 268/2012).

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NIG: 1808742C20090025926.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1975/2009. Negociado: IS.

edicto

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada.

Juicio: Procedimiento Ordinario 1975/2009.

Parte demandante: Cooper Tire y Rubber Company España, S.L.

Parte demandada: Neumáticos Joker, S.L.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

sentencia núm. 28

Juez que la dicta: Don José Manuel García Sánchez.

Lugar: Granada.

Fecha: 8 de febrero de 2011.

Parte demandante: Cooper Tire y Rubber Company España, S.L.

Abogado: Don Marcos Andreu Bleckmann.

Procuradora: Doña Victoria Aguilar Ros.

Parte demandada: Neumáticos Joker, S.L.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

fallo

Que, estimando la demanda presentada por doña María Victoria Aguilar Ros, en nombre y representación de Cooper Tire & Rubber Company España, S.L., contra Neumáticos Jocker, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que satisfaga a la actora la cantidad de setenta y nueve mil doscientos treinta y uno con setenta y nueve euros (79.231,79) de principal, más trece mil quinientos quince con ochenta y un euros (13.515,81) de intereses vencidos a la fecha de presentación de la demanda, más los intereses legales desde dicha fecha en los términos convenidos, así como al pago de las costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 1722, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02» de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de esta fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación.

Diligencia. La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

En Granada, a veintiséis de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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