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Mediante Orden VIV/2078/2010, de 21 de julio, se establecen las condiciones, los requisitos y el procedimiento aplicables a la concesión de las subvenciones excepcionales en materia de vivienda, para reparar los daños causados por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, al amparo de la Ley 3/2010, de 10 de marzo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, esta Delegación Provincial ha resuelto dar publicidad a la relación de expedientes subvencionados en el cuarto trimestre de 2011, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 1.13.00.18.41.78400.43A, a tenor del siguiente detalle:
Beneficiario: Rodríguez Pérez, María Pilar.
Finalidad subvención: Subvención por catástrofe natural.
Importe: 6.620,62 €.
Sevilla, 31 de enero de 2012.- La Delegada, Salud Santana Dabrio.
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