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Por Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004, se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales, en materia de contratación, todas las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación de conformidad con la normativa que sea de aplicación, en relación a la gestión de los créditos para gastos propios de los servicios a su cargo, con los límites, en el caso de los contratos de gestión de servicio público, de un importe igual o inferior, a 1.202.024,24 euros.
Razones de orden técnico y eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias en lo que respecta a los contratos de gestión de servicio público que se indican y delegarla en la persona titular de la Secretaría General Técnica.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia delegada en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería en materia de contratación, en lo que se refiere a los contratos de gestión de servicio público con los Centros de Tratamiento de Drogodependientes.
Segundo. Delegar la referida competencia, para los referidos contratos, en la persona titular de la Secretaría General Técnica.
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 20 de febrero de 2012
Micaela Navarro Garzón
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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