Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 09/03/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 3 de febrero de 2012, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de Transporte Urbano Colectivo de Chiclana de la Frontera (Cádiz). (PP. 419/2012).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Cádiz, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública

RESUELVO

Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Concepto Tarifas autorizadas IVA incluido
- Billete ordinario centro 1,05 euros
- Billete con tarjeta monedero centro 0,74 euros
- Billete con tarjeta monedero - Centro pensionista/estudiante 0,21 euros
- Billete ordinario costa 1,30 euros
- Billete con tarjeta monedero-costa 0,91 euros
- Billete con tarjeta monedero-costa pensionista-estudiante 0,26 euros
- Billetes de transbordos y promociones especiales 0,00 euros
- Billetes de transbordos asimétricos ordinarios 0,17 euros
- Billetes de transbordos asimétricos pensionista-estudiante 0,05 euros
- Billetes tarjeta Consorcio y transbordo centro 0,74 euros
- Billetes tarjeta Consorcio y transbordo costa 0,91 euros
- Billetes compensables Consorcio centro 1,05 euros
- Billetes compensables Consorcio costa 1,30 euros

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de febrero de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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