Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2012

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Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 16 de diciembre de 2011, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se declara la utilidad pública de la instalación eléctrica del parque eólico «Valcaire» en el término municipal de Padul (Granada). Expte. 7.840/AT. (PP. 4223/2011).

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Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de fecha 7 de julio de 2005 esta Delegación Provincial en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2005), se otorgó autorización administrativa y por Resolución de 2 de febrero de 2010 se aprobó el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica del Parque Eólico «Valcaire» en el término municipal de Padul (Granada). Expte. 7.840/AT.

Segundo. Con fecha 21 de enero de 2011 la empresa Parque Eólico Valcaire, S.L., solicitó la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación de referencia acompañando relación de interesados, bienes y derechos afectados.

Tercero. Por la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en base a la Legislación de Expropiación Forzosa mediante Anuncio de esta Delegación Provincial de fecha 31 de enero de 2011 se realiza la Información Pública de declaración en concreto la utilidad pública, insertándose en el BOE núm. 49, de 26.2.2011, en el BOJA núm. 43, de 3.3.2011, en el BOP núm. 37, de 23.2.2011, y en el Diario Ideal de Granada de 19.2.2011, y exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Padul.

Cuarto. Durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación, aunque sí se han actualizado la titularidad de algunas de las fincas afectadas por la instalación del Parque Eólico Valcaire, S.L.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Granada es competente para la concesión de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto por Resolución de 23 de febrero de 2005, (BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería y efectuar la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación proyectada, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 134/2010, de 14 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y el artículo 5.6 de la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Segundo. El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997 la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia

RESUELVE

Primero. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación citada, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Segundo. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Esta Resolución se notificará a cada interesado, publicándose además en el BOE, BOJA y BOP de Granada, así como en el tablón oficial del Ayuntamiento de Padul, todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante esta Delegación de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Granada, 16 de diciembre de 2011.- El Delegado, P.S.R. (Dto. 21/85, de 5.2), el Secretario General, Antonio García Hernández.

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