Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 16/03/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 24 de febrero de 2012, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se hace público el Acuerdo de 23 de febrero de 2012, de la Sección de Personal y Régimen Interior, por el que se acuerda modificar la delegación de competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita, perteneciente a este Organismo, y en lo concerniente a su ámbito material.

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EL artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aún cuando no sean jerárquicamente dependientes de aquellas.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

La Sección de Personal y Régimen Interior de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma y, por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 23 de febrero de 2012, de la Sección de Personal y Régimen Interior de esta Delegación Provincial, cuyo texto figura como Anexo de la Presente Resolución, por la que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal que se cita perteneciente a este Organismo, en lo concerniente a su ámbito material.

Almería, 24 de febrero de 2012.- La Delegada, Sonia Rodríguez Torres.

ANEXO QUE SE CITA

Acuerdo de 23 de febrero de 2012, de la Sección de Personal y Régimen Interior, por el que se acuerda modificar la delegación de competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita perteneciente a este Organismo, en lo concerniente a su ámbito material, acordada en Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Delegación Provincial de Almería.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce, en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que se presenten aportándola junto con los originales, así como la devolución de éstos, salvo cuando los originales deben obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece que la competencia para la expedición de copias auténticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

El volumen de documentos presentados en el Registro de esta Delegación Provincial para la expedición de copias autenticadas hace inviable la prestación por la Jefatura de la Sección de Personal y Régimen Interior del resto de sus funciones ordinarias con la eficacia requerida. Por otro lado, una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos y ésta no se lograría si las copias selladas de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de éstos, a tenor de lo dispuesto en el art. 35.c) de la citada Ley 30/1992, no puedan ser autenticadas una vez realizado su cotejo por los responsables de los Registros, por lo que se hace necesario, por razones técnicas, a realizar la correspondiente delegación de competencias.

La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma. Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. La competencia de la expedición de copias auténticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuidas a la Jefatura de la Sección de Personal y Régimen Interior, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 de Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos que sean presentados en el Registro General, queda delegada en los funcionarios que desempeñan los puestos que a continuación se citan:

Código: 1586510. Secretaria General

Código: 2200110. Sc. Informes y Sanciones

Código: 6537710. Sc. Personal y Régimen Interior

Código 6535310. Sc. Gestión Económica y Contratación

Código 8010. Ng. Registro e Información

Código: 9510. Dp. Prevención y Control Ambiental

Código: 6538210. Ng. Gestión y Registro Actividades

Código: 955210. Dp. Caza y Pesca

Código: 2536810. Administrativo

Código: 9547010. Dp. Vías Pecuarias

Código: 9277510. Auxiliar Administrativo

Código: 9277210. Administrativo

Código: 9282210. Sv. de Infraestructuras

Código: 9847610. Sv. D.P.H. y Calidad de Aguas

Código: 10027710. Auxiliar Gestión –Secretaria–

Código: 9487110. Administrativo

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. El presente Acuerdo deja sin efecto el efectuado con fecha 22 de febrero de 2011, publicado en el BOJA núm. 55, de 18 de marzo de 2011.

Cuarto. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Almería, 23 de febrero de 2012. La Jefa de Sección de Personal y Régimen Interior, Trinidad Anguita Amador.

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