Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 20/03/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de febrero de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario núm. 3418/2009. (PP. 679/2012).

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NIG: 0401342C20090018451.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 3418/2009. Negociado: JF.

Sobre: Resolución de contrato de compraventa.

De: Doña Adela Garzón Miranda y don José Manuel Garzón Miranda.

Procuradora Sra. Magdalena Izquierdo Ruiz Almodóvar.

Contra: Jardines de Fuente Victoria, S.L. (Rpte: Francisco Olea Porcel).

EDICTO

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 3418/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de doña Adela Garzón Miranda y don José Manuel Garzón Miranda contra Jardines de Fuente Victoria, S.L. sobre resolución de contrato de compraventa, se ha dictado la sentencia y auto de ratificación, que copiados en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA Núm. 210/2011

En Almería, a 4 de noviembre de dos mil once.

Vistos por doña María José Buitrago Pastor, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 3418/09, seguidos a instancia de don José Manuel Garzón Miranda y doña Adela Garzón Miranda, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Magdalena Izquierdo Ruiz de Almodóvar y asistido por el Letrado don Francisco Mejía Ruiz, en situación de rebeldía sobre resolución de contrato y atendiendo a los siguientes:

FALLO

Dispongo: Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Magdalena Izquierdo Ruiz de Almodóvar, en nombre y representación de don José Manuel Garzón Miranda y doña Adela Garzón Miranda, contra Jardines de Fuente Victoria, S.L. en situación procesal de rebeldía, y declaro resuelto el contrato de permuta de cosa presente por cosa futura, otorgado en escritura pública de fecha de 10 de abril de dos mil seis, ante el Notario de Canjáyar, Cristóbal Salinas Clemente, al núm. 433 de su protocolo por incumplimiento de la demandada, con pérdida de las cantidades entregadas, en concepto de indemnización de daños y perjuicios.

Se anule la inscripción de la finca registral del Registro de Canjáyar al núm. 2.794, al tomo 1.275, libro 34, folio 129, a nombre de Jardines de Fuentes Victoria, y se ordene la nueva inscripción a favor de los demandantes doña Adela María y don José Manuel Garzón Miranda, y cuanto hubiera lugar en ejecución de sentencia par que la finca anteriormente dicha vuelva a la titularidad de los demandantes.

Se condena a la demandada al pago de las costas causadas.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Así, por esta sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo, María José Buitrago Pastor, Magistrado-Juez del Juzgado número Dos de Almería y su partido judicial.»

Y encontrándose dicho demandado, Jardines de Fuente Victoria, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Almería, a catorce de febrero de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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