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En cumplimiento de lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Málaga, comunicando la interposición del recurso contencioso-administrativo número 608 de 2010 contra la Orden de 25 de febrero de 2010, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella y la Orden de 7 de mayo de 2010, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, por la que se dispone la publicación de la Normativa Urbanística de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella, así como de los recursos contencioso-administrativos números 112, 323, 1262 y 1263 de 2010 contra la Orden de 29 de septiembre de 2010, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, por la que se aprueban definitivamente las determinaciones de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella sobre determinados ámbitos del frente litoral, afectados por la suspensión decretada en el apartado segundo de la Orden de 25 de febrero de 2010, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a cuantos resulten interesados para que puedan comparecer y personarse en Autos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 7 de marzo de 2012.- El Director General, Daniel Fernández Navarro.
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