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Con fecha 26 de marzo de 2012, la empresa Microsoft Corporation presenta en el registro general de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, escrito de reclamación patrimonial a la Junta de Andalucía como titular de las licencias de productos Microsoft.
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2.k) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a las personas titulares de las Consejerías, les corresponde la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, salvo que corresponda al Consejo de Gobierno.
El artículo 4.2 de la Orden de 7 de marzo de 2011, conjunta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, sobre coordinación en la elaboración y desarrollo de determinados aspectos de la política informática, establece que las Consejerías, sus agencias y demás entes instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, como usuarios de bienes informáticos de la Administración andaluza (equipos fijos y móviles), son competentes para adquirir software y licencias para el desarrollo de sus funciones en sus respectivos ámbitos.
No obstante, en el presente caso, se trata de una exigencia de responsabilidad por el uso de productos Microsoft con carácter general en toda la Junta de Andalucía, es decir que no afecta exclusivamente a una Consejería o Agencia administrativa, por lo que la competencia para resolver el expediente de responsabilidad patrimonial vendría atribuida al Consejo de Gobierno.
Por otra parte, Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, establece que le corresponde la competencia para la elaboración y desarrollo de la política informática de la Administración de la Junta de Andalucía, excepto en los ámbitos económico, financiero, de ingresos y gastos públicos, de contratación administrativa y de gestión de recursos humanos en el sector público, atribuidos a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, según Decreto 133/2010, de 13 de abril, asignando su ejercicio a la Secretaría General de Innovación y Sociedad de la Información.
Entre otras, le corresponde según lo establecido en el artículo 4.3 de la Orden antes señalada en relación con el Anexo II, la contratación de bienes y servicios informáticos de carácter general cuando se refiera a sistemas de información y de infraestructuras software de carácter general, así como de equipos informáticos de propósito general o específicos de otras áreas distintos de los económicos, financieros, de ingresos y gastos así como la emisión de informe preceptivo y vinculante tanto para las contrataciones de carácter particular como de carácter horizontal en los ámbitos delimitados en el Anexo a la Orden.
Dado que la reclamación presentada por la empresa Microsoft Corporation no concreta una responsabilidad individualizada sino una exigencia de responsabilidad con carácter general en toda la Junta de Andalucía, por razones de economía procedimental y eficacia administrativa, al concurrir circunstancias de índole técnica, económica y jurídica, se avoca por el Consejo de Gobierno la competencia para su conocimiento, en cuanto superior jerárquico. Y en aras de una mejor gestión del expediente se delega la instrucción, tramitación y resolución en la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 26.2.k), 99, 101, 102, 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 27 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma, y a propuesta de la Consejera de la Presidencia, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de abril de 2012, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Avocar en el Consejo de Gobierno la competencia del expediente de reclamación patrimonial promovido por la empresa Microsoft Corporation, y delegar en la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia exclusivamente la competencia sustantiva para su instrucción, tramitación y resolución del expediente.
Segundo. Facultar al Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, para dictar cuantas disposiciones fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.
Sevilla, 3 de abril de 2012
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
en funciones
María del Mar Moreno Ruiz
Consejera de la Presidencia
en funciones
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