Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 10/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 27 de marzo de 2012, de la Dirección de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, sobre creación de ficheros de datos de carácter personal.

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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente. El apartado segundo del indicado artículo establece el contenido del que toda disposición de creación o modificación de ficheros debe disponer.

El artículo 39.2 de la citada Ley Orgánica dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros que sean de titularidad de las Administraciones Públicas.

Mediante Resolución de la Dirección de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía de 31 de julio de 2009 (BOJA núm. 160, de 18 de agosto de 2009), se recogen los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

Habiendo surgido la necesidad de incorporar nuevos ficheros automatizados y según lo dispuesto en el artículo 20 de la citada Ley Orgánica,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la creación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, entidad pública adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo. Adopción de medidas.

El órgano responsable de cada fichero adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la citada Ley Orgánica y en sus disposiciones de desarrollo.

Tercero. Derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos.

Las personas físicas o jurídicas o colectivos afectados por el contenido de los ficheros automatizados podrán ejercitar su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante los Servicios Centrales o Gerencias Provinciales de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

ESTRUCTURA DE LOS FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y DESCRIPCIÓN DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN QUE LOS TRATAN

1. Identificación del fichero: Vídeo vigilancia EPSA.

2. Finalidad y usos previstos: Vigilancia y seguridad de las sedes de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

3. Personas o colectivos de los que se pretenden obtener los datos: Personas que accedan a las dependencias de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

4. Procedimiento de recogida: Grabación de imágenes a través de videocámaras.

5. Estructura básica del fichero: Imágenes, fecha y hora de obtención.

6. Comunicaciones de datos previstas: Cuerpos de Seguridad, Fiscalía y Órganos Judiciales para la investigación de delitos y faltas.

7. Transferencias internacionales de datos previstas: No se prevén.

8. Responsable del Fichero: Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

9. Encargado del tratamiento: Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

10. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicios Centrales, sito en Av. Diego Martínez Barrio, 10, Sevilla, y Gerencias Provinciales.

11. Medidas de Seguridad: Nivel Básico.

El Director, Juan Antonio Cortecero Montijano.

Sevilla, 27 de marzo de 2012.- El Secretario General, Francisco J. Hidalgo Guzmán.

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