Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 25/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 79/2012, de 27 de marzo, por el que se acepta la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Escañuela (Jaén), de un inmueble de titularidad municipal sito en C/ Nueva, núm. 58, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Médico Local, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Escañuela (Jaén) se ha acordado ceder el uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un inmueble de 161 m², sito en C/ Nueva, núm. 58, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Médico Local.

Por la Consejería de Salud, se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Consultorio Médico Local.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de marzo de 2012,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión de uso acordada por el Ayuntamiento de Escañuela (Jaén) de un inmueble de 161 m², sito en C/ Nueva, núm. 58, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Médico Local.

Forma parte de la finca núm. 2.027 que consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Andújar (Jaén), al tomo 1.338, libro 35, folio 227, con la siguiente descripción:

Urbana: C/ Queipo de Llano, s/n. Linderos: Norte, con resto de la total que se reserva la donante. Sur, con la C/ Queipo de Llano. Este con resto de la total que se reserva la donante. Oeste, con tierras de Benito Alos Martínez.

Referencia catastral número 9131201VG0993S0001UR.

Segundo. La cesión gratuita se formalizará en documento administrativo o escritura pública y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 80, y concordantes, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión de uso del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 27 de marzo de 2012

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

en funciones

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública en funciones

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