Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 04/05/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 14 de marzo de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario núm. 577/2010.

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En el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 577/2008, interpuesto por Ubrique Formación, C.B., contra la resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Cádiz, dictado en el expediente 11/2005/J/214 R1, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla, con fecha 31 de mayo de 2010, y cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Que estimando parcialmente el recurso contencioso- administrativo interpuesto contra Resolución de la Dirección Provincial de Cádiz del Servicio Andaluz de Empleo por la que entre otras cuestiones se acuerda ordenar el abono de la suma de 8.297,77 euros, debo anular u anulo la misma en el sentido de que se consideran justificados todos los gastos salvo lo anumerados en esta resolución y que ascienden a la suma de 5.091,30 euros, por lo que en definitiva la minoración de la subvención ha de ser en la cantidad de 5.091,30 euros.

Todo ello sin hacer especial imposición de costas.»

Interpuesto recurso de apelación contra dicha sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla ha dictado sentencia, en el rollo de apelación núm. 457/2010, con fecha 12 de diciembre de 2011, y cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso de apelación núm. 457/2010 formulado por el recurrente contra la sentencia referida en el antecedente de hecho primero de esta resolución, sin imposición de costas.»

Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 14 de marzo de 2012.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.

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