Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 27/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de mayo de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 804/2012.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00027548.

NIG: 4109144S20120008834.

Procedimiento: Social Ordinario 804/2012 Negociado: 4.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Loyica, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 804/2012 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Loyica, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 10.4.13 del tenor literal siguiente:

Procedimiento: Cantidad 804/2012.

SENTENCIA NÚMERO 215/2013

En Sevilla, a diez de abril de dos mil trece.

Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre Cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 804/2012, promovidos por Fundación Laboral de la Construcción, representada por la Letrada doña Olga Alonso Ramírez contra Loyica, S.L., no compareció pese a haber sido en legal forma.

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Loyica, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de doscientos doce euros con cuatro céntimos (212,04 euros).

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, no cabe recurso de suplicación. Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Loyica, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a quince de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF