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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa al ciudadano, establece en su artículo 22.2 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados dependientes del órgano que hubiera emitido el documento original y que tengan encomendadas las funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original.
El Departamento de Minas de esta Delegación Territorial, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
En consecuencia, el Departamento de Minas ha acordado y esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Hacer público el Acuerdo de 18 de abril de 2013, del Departamento de Minas, por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución.
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente delegación de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme al artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Quinto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 26 de abril de 2013.- El Delegado, José Ignacio Expósito Prats.
ACUERDO DE 18 DE ABRIL DE 2013, POR EL QUE SE DELEGA LA FUNCIÓN DE COMPULSA Y AUTENTICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SU TRAMITACIÓN ANTE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO EN CÓRDOBA
El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 22.2 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados dependientes del órgano que hubiera emitido el documento original y que tengan encomendadas las funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original.
El Departamento de Minas de esta Delegación Territorial, adscrito al Servicio de Industria, Energía y Minas, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
En consecuencia el Jefe de Departamento de Minas
ACUERDA
Primero. Delegar en el personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados atribuidas a la citada Jefatura de Departamento, respecto de la documentación exigida por las distintas normas reguladoras de la gestión de los respectivos servicios.
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992 y a la Ley 9/2007, ya mencionadas anteriormente. El Jefe de Departamento de Minas. Fdo. Félix Rivera Pajuelo.
ANEXO
Código y Denominación del puesto de trabajo: 9065010 Administrativo.
Apellidos y nombre: Morales Pachón, Fernando.
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