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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.
Mediante escrito de fecha 25 de abril de 2013, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Sierra de Yeguas (Málaga) la inscripción de su escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, según el cual las Entidades Locales que ostentaran símbolos en virtud de uso o costumbre accederán al mencionado Registro supliendo la certificación establecida en el artículo 17.1 mediante estudio histórico justificativo, certificación de su vigencia, así como informe negativo de los extremos previstos en el artículo 13.
Emitido en sentido favorable el mencionado informe, se procede a la descripción del escudo:
- «Escudo cortado y medio partido. En el pimero de plata, una sierra de sinople, decreciente hacia la siniestra, con una cruz de sable en su cumbre más alta y en su falda, corriente hacia la siniestra, el nacimiento de un río de plata, iluminada desde el cantón siniestro del Jefe por un sol naciente de oro, fileteado de sable, con rayos de metal y visible un cuarto. En el segundo de plata y en aspa una rama, frutada, de olivo de sinople y una espiga de cebada del mismo color, granada de oro y éstos fileteados de sable. El tercero de oro y partido en pal; en el primero una rosa de oro fileteada de sable, con tallos y hojas de sinople y sobre el todo una banda jaquelada de gules y plata en tres órdenes y en el segundo tres fajas de gules. Al timbre corona real cerrada.»
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 y punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de Sierra de Yeguas (Málaga), con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.
Segundo. Modificar la correspondiente inscripción registral del municipio de Sierra de Yeguas (Málaga) en el mencionado Registro.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 24 de mayo de 2013.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.
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