Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 05/06/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 16 de mayo de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Uno de Gijón, dimanante de autos núm. 56/2013.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00028166.

NIG: 33024 44 4 2012 0003280.

N28150

Núm. autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000056/2013.

Demandante: Aránzazu de Castro González.

Abogado: Guillermo Rodríguez Noval.

Demandado/s: Esabe Vigilancia, S.A., FOGASA .

EDICTO

Doña Carmen Villar Sevillano, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Uno de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 0000056/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Aránzazu de Castro González, contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., FOGASA, sobre Ordinario, se ha dictado la resolución cuyos datos se hace constar a continuación, de la que los interesados podrán tener conocimiento íntegro en la oficina judicial, y contra la que cabe interponer el recurso que se indica:

Auto de fecha 16.5.2013.

Plazo para la interposición de recurso de reposición: Tres días.

Persona a la que se notifica: Esabe Vigilancia, S.A.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Gijón, a dieciséis de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF