Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 13 de diciembre de 2012, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamientos de la provincia de Granada, con cargo al Fondo Autonómico de Inmigración.

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La Orden de 31 de octubre de 2012, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos andaluces, publicada en el BOJA núm. 226, de 19 de noviembre de 2012, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a esta Delegación del Gobierno realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede, evaluado el expediente, y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Distribuir la cantidad de ciento cuarenta y tres mil ciento cuarenta euros (143.140,00 €), correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamiento de la provincia de Granada, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 31 de octubre de 2012, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.14.00.02.18.461.02.31J.4, el gasto correspondiente a las transferencias, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a esta Delegación del Gobierno en Granada y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. El Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de la líneas de actuación que los Planes Integrales contemplan para la Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Justicia e Interior y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO

FONDO AUTONÓMICO DE INMIGRACIÓN 2011

Ayuntamiento        Importe
Albuñol 11.286,00
Alhama de Granada 7.101,00
Almuñécar 10.508,00
Armilla 11.638,00
Baza 11.374,00
Churriana de la Vega 5.430,00
Gabias (Las) 8.280,00
Granada 12.909,00
Gualchos 11.215,00
Huétor Tájar 8.847,00
Loja 8.334,00
Maracena 6.839,00
Molvízar 5.000,00
Motril 13.052,00
Polopos 6.327,00
Zafarraya 5.000,00
Total 143.140,00

Granada, 13 de diciembre de 2012.- La Delegada del Gobierno, María José Sánchez Rubio.

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