Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 10/06/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Anuncio de 4 de junio de 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 26 de diciembre de 2012, de aprobación definitiva de la Modificación núm. 6 del Plan General de Ordenación Urbana de Guadix.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00028390.

Para general conocimiento se informa que en la sesión de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, celebrada el 26 de diciembre de 2012, se aprobó definitivamente la Modificación núm. 6 al PGOU de Guadix (Adaptación Parcial a la LOUA) para reubicación de dotaciones públicas a reserva de la subsanación de determinadas observaciones. Con fecha de 29 de enero de 2013, el Pleno del Ayuntamiento de Guadix aprobó la subsanación de tales observaciones, y tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal de Guadix y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se procede a la publicación de tal Resolución correspondiente al citado instrumento urbanístico:

Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 26 de diciembre de 2012, por la que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 6 al PGOU de Guadix (Adaptación Parcial a la LOUA) para reubicación de dotaciones públicas.

Acuerdo de la CPOTU de fecha 26 de diciembre de 2012, sobre Modificación núm. 6 al PGOU de Guadix (Adaptación Parcial a la LOUA) para reubicación de dotaciones públicas.

«Examinado el expediente de Modificación núm. 6 al Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal Guadix (Adaptación Parcial a la LOUA) aprobado por el Ayuntamiento en fecha 29 de febrero de 2012 y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo a los efectos previstos en el artículo 33.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Atendiendo a lo dispuesto en el citado texto Legal, Reglamento de Planeamiento, artículo 10.1 Decreto del Presidente 3/2012, por el que se atribuyen a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente las competencias que venia ejerciendo la hasta ahora a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda (Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo).

Vistos los informes emitidos por los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Agricultura Pesca y Medio Ambiente y los de legislaciones sectoriales de aplicación, en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en el art. 13.2.a) del Decreto 525/2008, Decreto del Presidente 3/2012, Decreto 151/2012 y Decreto 342/2012, en relación con los artículos 31.2.B) y 32.4 de la antes citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio Andalucía

HA RESUELTO

Primero. Aprobar Definitivamente el mismo, a reserva de subsanación de deficiencias, publicación y Registro según lo establecido en el artículo 33.2.b) LOUA.

Segundo. Las deficiencias a subsanar son las siguientes:

Se ha detectado una incoherencia en el documento presentado, ya que en la memoria del mismo se especifica que se recalifica el Sistema General de Dotación Deportiva a Sistema General de Espacios Libres, sin embargo se le califica como «Espacio de Protección (AP)», incluido en los «Espacios de Protección Públicos o Privados» del PGOU.

Los Sistemas Generales deben ser públicos, por lo que no es posible la calificación de «Espacio de Protección (AP)» para un Sistema General de Espacios Libres, debiéndose adecuar la calificación del mismo a la titularidad pública y a las denominaciones del PGOU. Asimismo, se deberán presentar los planos del PGOU sustitutivos de «Estructura y Clasificación» en el cual quede reflejado el nuevo SG-EL (art. 36.2.b) de la LOUA).

De acuerdo con el plano 2.1, «Ordenación General y Gestión (zona 1)», la parcela destinada a espacio libre local se recalifica a Dotación deportiva y a viales, debido a la afección de la zona de servidumbre de la Rambla de Almorejo (plano 5), por lo que deberá adecuarse el documento en cuanto a las superficies destinadas a Dotación deportiva local.

De acuerdo con el punto 6 de la Memoria, no es objetivo de la innovación modificar el artículo 46 de las Ordenanzas del PGOU, «Aprovechamientos dotacionales», sin embargo se adjunta como Anexo I dicho artículo contemplando una modificación al especificar «Determinaciones particulares del equipamiento deportivo en la C/ José Gilbert». Por tanto, deberá subsanarse lo que no proceda, adecuando el documento.

Tercero: Esta resolución se notificará al Ayuntamiento de Guadix e interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley, todo ello sin perjuicio de que por Vd., se pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.

Granada, 4 de junio de 2013.- La Delegada, María Sandra García Martín.

Descargar PDF