Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 14/06/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 4 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se determinan las fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013, no incluidas en las Resoluciones de 31 de octubre de 2012, y 19 de diciembre de 2012, así como las modificaciones en las ya incluidas.

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El artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.

Conforme con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, modificado por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, la autoridad laboral competente determinará hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición les sean propias en cada municipio, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente.

El Decreto 310/2012, de 19 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013, dispone en su artículo 3 que la propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se realizará ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en la forma prevista en la Orden de la Consejería de Trabajo de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el procedimiento a seguir para la determinación de las fiestas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de la publicación en el BOJA del citado Decreto. Conforme a lo indicado en las anteriores Resoluciones de esta Dirección General de 31 de octubre de 2012 (BOJA núm. 237, de 4 de diciembre), y 19 de diciembre de 2012 (BOJA núm. 1, de 2 de enero de 2013), en el Anexo de la presente Resolución se incluye la relación de fiestas locales designadas en las propuestas de los municipios que se indican no incluidas en la anteriores Resoluciones y las modificaciones en las ya incluidas, acordadas por los correspondientes Plenos Municipales.

En uso de las facultades que me están conferidas en virtud de lo dispuesto por el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y por el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo,

RESUELVO

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del Anexo que se acompaña, en el que se contiene la relación de fiestas locales en los respectivos municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no incluidas en la Resolución de 31 de octubre de 2012 (BOJA núm. 237, de 4 de diciembre), y 19 de diciembre de 2012 (BOJA núm. 1, de 2 de enero de 2013) y las modificaciones en las ya incluidas, acordadas por los correspondientes Plenos Municipales, todo ello para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2013 como días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables.

Sevilla, 4 de junio de 2013.- El Director General, Francisco Javier Castro Baco.

ANEXO (FIESTAS LOCALES DE ANDALUCÍA 2013)

ALMERÍA
ANDARAX 22 - ENERO 19 - SEPTIEMBRE
DALÍAS 16 - SEPTIEMBRE 30 - SEPTIEMBRE
CÓRDOBA
VALENZUELA 29 - ABRIL 16 - AGOSTO
GRANADA
HUÉTOR TÁJAR 25 - ABRIL 16 - SEPTIEMBRE
IZNALLOZ 15 - MAYO 23 - AGOSTO
HUELVA
AROCHE 27 - MAYO 26 - AGOSTO
ENCINASOLA 8 - ABRIL 29 - NOVIEMBRE
JAÉN
ALCAUDETE 17 -SEPTIEMBRE 18 - SEPTIEMBRE
BEGÍJAR 25 - JULIO 25 - SEPTIEMBRE
CANENA 25 - ABRIL 15 - MAYO
PUERTA DE SEGURA, LA 16 - JULIO 23 - SEPTIEMBRE
MÁLAGA
CASARES 5 - AGOSTO 16 - SEPTIEMBRE
SEVILLA
CASTILLO DE LAS GUARDAS, EL 24 - JUNIO 16 - AGOSTO
CORIA DEL RÍO 16 - JULIO 16 - SEPTIEMBRE
GINES 15 - MAYO 30 - MAYO
ISLA MAYOR 16 - JULIO 30 - SEPTIEMBRE
MORÓN DE LA FRONTERA 13 - SEPTIEMBRE 16 - SEPTIEMBRE
PUEBLA DE LOS INFANTES, LA 3 - JUNIO 19 - AGOSTO
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