Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 18/06/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 3 de junio de 2013, de la Dirección General de Planificación y Centros, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2013/14.

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Mediante la Orden de 5 de febrero de 2013 se han convocado plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2013/14 (BOJA núm. 42, de 1 de marzo de 2013).

La Orden de la Consejería de Educación de 28 de marzo de 2012 desarrolla determinados aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en las escuelas-hogar.

Una vez finalizados los trámites previstos en la citada Orden de 28 de marzo de 2012, esta Dirección General de Planificación y Centros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la misma, ha dispuesto:

Primero. Aprobar con carácter definitivo la relación de personas solicitantes de enseñanzas obligatorias y posteriores a las obligatorias a las que se les concede o se les deniega plaza en residencia escolar o escuela-hogar al amparo de la Orden de 28 de marzo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en las escuelas-hogar, y de la Orden de 5 de febrero de 2013, por la que se convocan plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2013/14.

Segundo. La relación del alumnado admitido y no admitido, indicando en este caso el motivo de la no admisión, se publicará en la página web de la Consejería de Educación, en los tablones de anuncios de las correspondientes Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte y en los centros receptores de dicho alumnado.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de junio de 2013.- La Directora General, Elena Marín Bracho.

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