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Doña Elena Víboras Jiménez, en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real,
HACE SABER
Que en virtud de Decreto de Alcaldía de 11 de junio del año corriente, se ha adoptado la siguiente resolución, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de una plaza de Técnico Superior, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real del año 2008:
«Habiéndose realizado resolución de la Alcaldía-Presidencia, decreto núm. 1.114/08, de 18 de julio de 2008, por la que se aprueba la oferta de empleo del año 2008 (BOP núm. 187, de fecha 13 de agosto de 2008).
De conformidad con la normativa que regula la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Visto el informe emitido por la Secretaría General de este Ayuntamiento, con fecha 10 de junio de 2013, relativo a la tramitación de la oferta de empleo y legalidad de las presentes bases de la convocatoria.
En virtud del presente y en ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por el artículo 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto:
I. Aprobar las bases de la convocatoria de una plaza de Técnico/a Superior del puesto Jefe/a de Sección para la promoción económica, comercial y turística, con la redacción establecida en el Anexo que se adjunta al presente decreto.
II. Publíquese íntegramente las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Junta de Andalucía, así como el anuncio de la convocatoria en el BOE.
CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A SUPERIOR DEL PUESTO JEFE/A DE SECCIÓN PARA LA PROMOCIÓN ECONÓMICA, COMERCIAL Y TURÍSTICA, PERSONAL LABORAL, SUBGRUPO A1, DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL (JAÉN)
1. Normas Generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Técnico/a Superior del puesto Jefe/a de Sección para la promoción económica, comercial y turística, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento; subgrupo A1, correspondiente a la Oferta de Empleo del ejercicio 2008, aprobada por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 18 de julio de 2008 (BOP núm. 187, de fecha 13 de agosto de 2008), y dotada con las retribuciones básicas correspondientes a dicho grupo y las retribuciones complementarias que correspondan, con arreglo a la RPT y régimen retributivo vigente.
1.2. A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
2. Requisitos para los candidatos.
2.1. Para ser admitido/a a la realización del proceso para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjeros con residencia legal en España, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos 16 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado/a Universitario/a en la rama de las Ciencias Sociales y Jurídicas y/o Humanidades.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) No estar incurso/a en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.
2.2. Los requisitos establecidos en estas Bases deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.
3. Instancias y documentos a presentar.
3.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de su anuncio en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
3.2. Con la solicitud se presentará la documentación justificativa de los méritos alegados, a valorar en el concurso.
3.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 22,53 euros, que deberán ser abonados en la Caja Rural de Jaén, núm. cuenta 3067/0004/70/1147701724, debiendo consignar el nombre del aspirante, y la denominación de la plaza a la que se opta. La falta de pago dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del/a aspirante.
4. Admisión de las personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento dictará resolución declarando la composición del Tribunal y la fecha de constitución.
4.2. El tribunal de selección aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas y las causas de exclusión. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, señalándose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de instancias.
4.3. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, el tribunal dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de personas aspirantes admitidas, y procederá a la valoración curricular y realizará el llamamiento para el comienzo de las pruebas y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
5. Composición del Tribunal.
5.1. El Tribunal Calificador, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, estará integrado por los siguientes miembros:
Presidencia: Técnico designado por la Presidenta de la Corporación.
Vocalía:
Dos técnicos designados por la Presidenta de la Corporación.
Personal técnico de otras Administraciones Públicas.
Secretaría: El de la Corporación o persona de la misma en quien delegue.
5.2. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Los vocales y sus suplentes deberán poseer nivel de titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.
5.3. El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores externos, los cuales en todo caso se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de tres de sus componentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente y del Secretario.
5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo y el art. 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran estas circunstancias.
6. Procedimiento de selección.
La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la resolución referida en la base cuarta. El sistema de provisión será el de concurso-oposición. Por tanto, el proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y oposición.
A) Fase de concurso:
La fase de concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos de las personas con arreglo al baremo que asimismo se especifica. Los méritos deberán presentarlos y acreditarlos en la forma establecida en la base tercera.
Baremo de méritos:
6.1. Méritos profesionales
MÉRITOS PROFESIONALES | PUNTOS |
a) Por cada mes completo, de servicios prestados de igual o similar contenido en la Administración Pública, que tengan el mismo grupo de cotización, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente. Para el supuesto de que el resultado, de la suma de todos los contratos, presente períodos superiores a quince días se computarán como mes completo. Para el supuesto de que el resultado, de la suma de todos los contratos, presente períodos inferiores a quince días no se computarán como mes completo. | 0,10 |
b) Por cada mes completo de servicios prestados de igual o similar contenido en la empresa privada, que tengan el mismo grupo de cotización, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente. Para el supuesto de que el resultado, de la suma de todos los contratos, presente períodos superiores a quince días se computarán como mes completo. Para el supuesto de que el resultado, de la suma de todos los contratos, presente períodos inferiores a quince días no se computarán como mes completo. | 0,06 |
La experiencia profesional de los/as trabajadores/as laborales se acreditará mediante la presentación del informe de vida laboral y los correspondientes contratos de trabajo o cualquier otra documentación que certifique su experiencia, al objeto de demostrar la vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado.
La experiencia profesional de los/as trabajadores/as autónomos/as se acreditará mediante la presentación de la certificación de alta en el Régimen Espacial de Personas Autónomas así como aquella documentación justificativa de la concreta actividad realizada como Autónomo/a (epígrafe de actividad en el IAE u otro documento oficial análogo), al objeto de demostrar la vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por motivos familiares, establecidos en el art. 48.1.h) del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril, y Estatuto de los Trabajadores para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras (lactancia de un hijo/a menor de nueve meses, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún/a menor de 12 años o un minusválido/a o cuidado directo de un familiar), se computará en todo caso como jornada completa.
6.1.1. Criterios de valoración de los méritos profesionales:
- La experiencia docente sólo se valorará para los puestos de esta naturaleza. En sentido contrario, la experiencia profesional no se valora en los puestos docentes.
- Los certificados de las actividades realizadas en las funciones propias de un puesto de trabajo no serán valorados como mérito formativo.
- No se valorarán las prácticas profesionales o colaboraciones sociales.
6.2. Méritos académicos, cursos, seminarios, congresos y jornadas.
6.2.1. Valoración de méritos.
TÍTULOS OFICIALES, CURSOS, SEMINARIOS, CONGRESOS Y JORNADAS |
PUNTOS ≤ 6 años |
PUNTOS > 6 años |
a) Por la participación como asistente: | ||
Hasta 14 horas o 2 días | 0.05 | 0.0375 |
Entre 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días | 0.10 | 0.075 |
Entre 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días | 0.20 | 0.15 |
Entre 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días | 0.25 | 0.1875 |
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días | 0.50 | 0.375 |
De 201 horas en adelante o más de 40 día. | 1.00 | 0.75 |
Formación superior (Master, posgrado y/o especialización) | 1,50 | |
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala | ||
b) Por la participación como Director/a, Coordinador/a o Ponente | ||
La participación en una misma actividad docente como Director/a o Coordinador/a y como Ponente en varias materias solo será objeto de una única puntuación | 0,10 | |
d) Los títulos oficiales | ||
Por cada título universitario de grado superior relacionado con el puesto al que se opta y distinto al exigido en la convocatoria | 3 | |
Por cada título universitario de grado medio relacionado con el puesto al que se opta y distinto al exigido en la convocatoria |
2 |
|
Por titulación de Formación Profesional de Segundo Grado Específica, o Bachiller Superior, distinto exigido en la convocatoria | 0,5 | |
Los títulos oficiales se valorarán siempre que no sea el mínimo exigido para el puesto al que se opta y esté relacionado con el puesto de trabajo |
6.2.2. Criterios de valoración de méritos académicos, cursos, seminarios, congresos y jornadas.
- Los méritos académicos, cursos, seminarios, congresos, jornadas y ponencias se valorarán siempre que su contenido guarde relación directa con las funciones propias del puesto al que se opta. Para este fin se tendrá como base de interpretación la familia profesional y área de conocimiento del puesto ofertado.
- En cualquier caso se valorarán los cursos impartidos por Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Los cursos impartidos por organizaciones sindicales o empresariales, colegios profesionales, fundaciones o empresas privadas se valorarán siempre que estén homologados y/o tengan autorización administrativa para impartir formación académica u ocupacional.
- Se valorarán para todos los puestos de trabajo, los cursos de prevención de riesgos laborales, género e igualdad de oportunidades, nuevas tecnologías, idiomas y sensibilización ambiental, hasta un máximo de 1,5 puntos.
- Cuando el candidato presente más de un curso con contenidos similares sólo se valorará uno, el que sea más favorable para el interesado.
- Los cursos de formación, jornadas, seminarios y congresos que se hayan realizado con una antigüedad superior a seis años serán valorados con una ponderación del 75% respecto de los indicados con carácter general.
6.4. Aplicación del concurso:
- Méritos profesionales: 9 puntos.
- Títulos oficiales, cursos, seminarios, congresos y jornadas: 6 puntos.
B) Fase de oposición.
Aquellas personas aspirantes que no alcancen en la fase de oposición la nota de 15 puntos sobre 30, quedarán eliminados del proceso de selección. Además, para realizar la media aritmética de las diferentes pruebas deberá obtenerse en cada una de las pruebas un mínimo de 4 puntos.
Fase de oposición: La fase de oposición constará de las siguientes pruebas:
- Cuestionario tipo test de 50 preguntas, durante un período de 50 minutos, de los temas comprendidos en el bloque I del programa. Puntuación máxima, 10 puntos.
- Desarrollar por escrito, durante dos horas, dos temas específicos, a elegir de tres extraídos al azar de entre los que figuran en el bloque II del programa. Puntuación máxima, 10 puntos.
- Realización de un supuesto práctico específico de las funciones a desarrollar como titular de la plaza que se convoca en la forma y tiempo que determine el Tribunal, basados en las funciones que constituyen la habitual actividad desarrollada desde el puesto de trabajo correspondiente. Puntuación máxima, 10 puntos.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los temas desarrollados por escrito, puntuando sobre 10, a la vista del informe emitido por el asesor/es técnico/s en su caso, y se procederá a dividir la suma por el número de miembros del Tribunal que puntúa.
7. Comienzo, desarrollo y calificación de los ejercicios.
7.1. Una vez constituido el Tribunal, los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas se harán públicas a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento. El Tribunal procederá a la valoración curricular y realizará el llamamiento para el comienzo de las pruebas y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
7.2. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, en su consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
7.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
7.4. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Si llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia del propio interesado, dando cuenta, en su caso, a la jurisdicción ordinaria si se apreciase inexactitud fraudulenta en la declaración que formuló.
7.5. El Tribunal, caso de que concurra a las pruebas algún minusválido, podrá, previa solicitud del interesado, proceder a las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
7.6. Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de las pruebas sobre 10, a la vista del informe emitido por el asesor/es técnico/s en su caso, y se procederá a dividir la suma por el número de miembros del Tribunal que puntúa.
7.7. La nota total obtenida habrá de ser al menos de 5 puntos de media sobre las pruebas realizadas, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.
7.8. La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, concurso y oposición. En caso de empate sobre la puntuación global, la clasificación se determinará atendiendo a los resultados de la fase de oposición.
8. Propuesta del Tribunal, presentación de documentos y nombramiento:
8.1. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones alcanzadas en el concurso-oposición. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en la valoración de méritos profesionales.
8.2. Una vez terminada la calificación, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la lista de aspirantes por orden de puntuación, no pudiendo el Tribunal declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Simultáneamente a su publicación, el tribunal elevará a la Alcaldía copia de la última acta con propuesta de nombramiento.
8.2. Siempre que el Tribunal de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el tribunal establecerá la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
8.3. La Alcaldesa, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la cláusula segunda de la convocatoria, se formalizará la contratación laboral del candidato/a seleccionado en la categoría a la que se aspira, el cual deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas. Si no tomase posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza.
9. Recursos.
Contra los actos de aprobación de las presentes bases y la convocatoria, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén o de la circunscripción en la que tenga el recurrente su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Interpuesto el recurso de reposición, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta tanto se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española (I). Valores superiores y principios inspiradores. Derechos y deberes fundamentales y las libertades públicas en España. Garantías y restricciones. Los principios rectores de la Política Social y Económica. La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
Tema 2. La Constitución Española (II). La Corona. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funcionamiento. La función legislativa. La función de control del Gobierno. El Gobierno de la Nación y sus relaciones con las Cortes Generales. El Poder Judicial: principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. El Tribunal Supremo.
Tema 3. La Constitución Española (III). La Administración General del Estado: Órganos Superiores y Periféricos. La Organización Territorial del Estado: principios generales. Las Comunidades Autónomas: vías y procedimientos de acceso a la Autonomía. Competencias asumibles y reservadas al Estado. Mecanismos de control. Financiación.
Tema 4. El estatuto de autonomía para Andalucía y su desarrollo (I). La Comunidad Autónoma de Andalucía: antecedentes histórico-culturales. Principios inspiradores recogidos en el preámbulo y en el título preliminar. Principios rectores de las políticas públicas. El Defensor del Pueblo Andaluz. La Reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 5. El estatuto de autonomía para Andalucía y su desarrollo (II). Competencias de la comunidad autónoma. Clasificación y principios. Organización territorial e institucional de la comunidad autónoma. El Parlamento de Andalucía y la elaboración de las normas. El Poder Judicial en Andalucía.
Tema 6. El concepto de Administración Pública y su papel en el ordenamiento político del Estado. El sometimiento de la Administración al Derecho. Los principios de legalidad y jerarquía normativa. Gobierno y Administración.
Tema 7. Los derechos del ciudadano ante la administración pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la administración.
Tema 8. El acto administrativo: concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: sus fases. El silencio administrativo.
Tema 9. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación actual. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La resolución de los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo: concepto y características.
Tema 10. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales/provinciales.
Tema 11. La Carta Europea de Autonomía Local. La garantía constitucional de la autonomía local: Significado, contenido y límites. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones territoriales.
Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 13. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 14. La Ley de contratos. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.
Tema 15. El estatuto básico del empleado público. Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 16. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Responsabilidad y régimen disciplinario. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.
Tema 17. Derecho Financiero: Concepto y contenido. Principios relativos a los ingresos públicos. Principios relativos a los gastos públicos.
Tema 18. La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las haciendas locales: Criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.
Tema 19. Derecho presupuestario. El Presupuesto. Leyes de estabilidad presupuestaria. El Presupuesto como instrumento de planificación, de administración y gestión y como mecanismo general de coordinación. El ciclo presupuestario y sus fases.
Tema 20. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: Objeto de la ley, conceptos básicos, principios generales y políticas públicas para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y Protección Integral contra la violencia de género: objeto de la ley, concepto y tipos de violencia de género. Principios rectores y derechos de las mujeres.
BLOQUE II
Tema 1. Origen de la Unión Europea y estructura actual de funcionamiento. La dimensión regional en el proceso de construcción de la unión.
Tema 2. Los Fondos Estructurales Europeos principios, objetivos e instrumentos. Los Fondos de Cohesión.
Tema 3. El turismo en el contexto de las políticas de apoyo de la UE .Programas de cooperación y financiación del turismo.
Tema 4. Criterios y objetivos para la ordenación del territorio en Andalucía. Instrumentos de planificación territorial.
Tema 5. Estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio. Organización general y régimen de delegación. Competencias.
Tema 6. La promoción turística en Andalucía. Estructura y funcionamiento de la empresa Pública Turismo Andaluz. Funciones y competencias.
Tema 7. La Ley de Turismo de Andalucía.
Tema 8. Estrategia de Turismo Sostenible en Andalucía.
Tema 9. Planes de Apoyo al desarrollo turístico de la Consejería de Turismo y Comercio para entidades: Plan de excelencia. Plan de Dinamización del producto turístico y plan de competitividad.
Tema 10. Líneas de Apoyo a la financiación empresarial de la Consejería de Turismo y Comercio para entidades privadas.
Tema 11. Los componentes de la gestión estratégica. Metodología para la elaboración de Planes de Desarrollo.
Tema 12. La estrategia de Desarrollo Rural en la Sierra Sur.
Tema 13. La política de desarrollo rural en Andalucía. Plan NERA de la comarca Sierra Sur.
Tema 14. Desarrollo Local y fomento de la cultura emprendedora. Actuaciones para el fomento empresarial.
Tema 15. La gestión estratégica instrumento del cambio hacia el desarrollo local. La capacitación de recursos humanos para el desarrollo local: Agentes de desarrollo local, el orientador e intermediador laboral, el asesor de autoempleo.
Tema 16. El Fomento de la Cultura Emprendedora.
Tema 17. Planificación del desarrollo de un Plan de empresa.
Tema 18. Conceptos clave para la gestión estratégica de una compañía.
Tema 19. La idea. Análisis de situación.
Tema 20. El plan de marketing.
Tema 21. El plan de Recursos Humanos.
Tema 22. El plan económico Financiero.
Tema 23. La red de apoyo al Emprendedor: CADE.
Tema 24. Instrumentos Financieros públicos para el apoyo a la dinamización empresarial en Andalucía.
Tema 25. Políticas de desarrollo local en Alcalá la Real.
Tema 26. Significación del sector servicios en la economía actual. Los retos ante una economía globalizada.
Tema 27. Análisis de la situación actual del sector servicios. Caracterización del sector en la economía regional.
Tema 28. Las actividades comerciales en Andalucía. Factores de localización espacial. La ciudad espacio de servicios.
Tema 29. IV Plan de Comercio Interior de Andalucía. Planificación Programas y medidas.
Tema 30. Comercio y Ciudad.
Tema 31. Calidad y Diseño Comercial.
Tema 32. Plan de establecimientos comerciales de Andalucía.
Tema 33. Marco conceptual de marketing territorial. Nuevas estrategias de posicionamiento de ciudades en el contexto económico internacional.
Tema 34. Estrategias de marketing para el desarrollo de ciudades atractivas y competitivas.
Tema 35. La Organización Mundial del Turismo. Organigrama y Funciones de la organización. El código ético de la OMT.
Tema 36. La importancia económica y peculiaridades del sector turístico.
Tema 37. Factores del desarrollo turístico. El papel de los gobiernos en el desarrollo turístico.
Tema 38. Ocio y tiempo libre en la sociedad europea actual. Demandas y necesidades en función de colectivos.
Tema 39. Inventario y Catálogo de los recursos turísticos. La definición de recurso y producto turístico.
Tema 40. Nuevas tendencias de consumo turístico: las lógicas en la elección del destino turístico.
Tema 41. La gestión de proyectos sobre el patrimonio como herramienta de la estrategia del desarrollo del turismo cultural.
Tema 42. Recursos y planificación territorial de la oferta turística. Técnicas para la elaboración de inventarios turísticos y su evaluación.
Tema 43. Definición y desarrollo de productos turísticos locales. Caracterización de los diferentes tipos de productos en función del público objetivo al que se dirigen.
Tema 44. Programación de itinerarios turísticos a partir de los recursos turísticos locales. Identificación de las fuentes de información turística para la confección de itinerarios.
Tema 45. La actividad de asistencia y guía a grupos turísticos. Modalidades. Actividades complementarias. Técnicas de dinámica y animación de grupos.
Tema 46. Diseño y promoción de programas de animación turística. Planificación de veladas y espectáculos para la animación turística.
Tema 47. El concepto de turista y cliente. Comportamiento y tendencias de los usuarios de servicios turísticos.
Tema 48. El turismo a nivel internacional. Estudio y caracterización de los principales flujos y regiones turísticas a nivel internacional.
Tema 49. El Plan de turismo español Horizonte 2020.
Tema 50. Los principales segmentos turísticos en Andalucía.
Tema 51. Características de las empresas turísticas y sus clases.
Tema 52. Servicios y entidades de Información Turística. Tipo de entidades que prestan servicios de información turística. Fuentes de Información turística.
Tema 53. El II Plan de calidad Turística en Andalucía. Objetivos y visión general.
Tema 54. Ejes, programas y actuaciones del Plan de calidad Turística. PCTA1012.
Tema 55. La calidad en la gestión pública local: Las Cartas de Servicios.
Tema 56. La calidad en la empresa. Su significado y evolución.
Tema 57. El objetivo de la calidad como factor estratégico. Los sistemas de calidad en el turismo español: La certificación Q y el SICTED (Sistema de calidad Turística en Destino).
Tema 58. El destino turístico, integración en la calidad de vida local. Embellecimiento e identidad en el espacio turístico.
Tema 59. La gestión turística local en España. Tendencias respecto a las organizaciones de promoción y gestión turística.
Tema 60. Modelos de gestión turística local. Situación actual de los municipios turísticos españoles.
Tema 61. Competencias y funciones de los Entes de gestión. Órganos de representación y gobierno. Financiación.
Tema 62. Herramientas básicas de planificación y gestión para entes locales: Diagnóstico del destino, Plan estratégico de turismo, Plan de competitividad y desarrollo, Plan de marketing operativo y plan de negocio del Ente de Gestión.
Tema 63. En ente de gestión turística de Alcalá la Real. La asociación para la implantación de la calidad turística en Alcalá la Real. Organigrama y composición.
Tema 64. Colaboración en redes y clubes de producto de Alcalá la Real.
Tema 65. Los productos turísticos en la oferta de Alcalá la Real.
Tema 66. La mesa de calidad del SICTED en Alcalá la Real. Un caso de colaboración público-privada.
Tema 67. El gestor Sicted. Funciones y competencias.
Tema 68. Manuales de Buenas prácticas en el SICTED. Los Planes de Mejora de empresas y servicios turísticos.
Tema 69. La gestión de equipos de trabajo. La determinación y evaluación del desempeño. La función de coaching.
Tema 70. Organizar el compromiso con colaboradores. Técnicas de dirección de equipos.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
Alcalá la Real, 11 de junio de 2013.- La Alcaldesa, Elena Víboras Jiménez.
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