Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 20/06/2013

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Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Anuncio de 30 de mayo de 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Jaén, de Orden de 30 de abril de 2013 por la que se suspende el plazo de resolución de deslinde total del monte público «Las Villas Mancomunadas».

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El Consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente mediante Orden de 30 de abril de 2013 ha resuelto suspender el plazo para la resolución del Expte. MO/00091/2009, de deslinde del monte público «Las Villas Mancomunadas», código de la Junta de Andalucía JA-70036-AY, propiedad del Ayuntamiento de Villacarrillo y sito en el término municipal de Villacarrillo, provincia de Jaén, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 83.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, cuya parte dispositiva establece:

«Suspender el plazo para resolver y notificar el procedimiento de deslinde total del monte público “Las Villas Mancomunadas”, código de la Junta de Andalucía JA-70036-AY, propiedad del Ayuntamiento de Villacarrillo, y sito en el término municipal de Villacarrillo, provincia de Jaén, desde la solicitud de informe al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, efectuada el 20 de marzo de 2013, hasta la recepción del citado informe en la Delegación Territorial de esta Consejería en la provincia de Jaén.»

Sevilla, 30 de abril de 2013. El Consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Fdo.: Luis Planas Puchados.

Según lo establecido en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en el caso de que deban solicitarse informes que sean preceptivos y determinantes del contenido de la resolución a órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses.

Contra la presente Resolución, y conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.

Para cualquier tipo de aclaración se deberá llamar al teléfono 953 711 765, así como concertar cita para la consulta del expediente.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

Jaén, 30 de mayo de 2013.- La Delegada, Irene Sabalete Ortega.

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