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Don Juan Manuel Gómez Pardo, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
CERTIFICO
Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 1377/2010-K, seguido a instancia de Cristina María González Acedo, María Pilar Sevilla Palacios, Francisco Javier Sevilla Palacios, María Isabel Rosa Jiménez, José Alberto Rubio Muñoz, María Paz Giménez Martínez, María Virtudes Ruiz González, María Paz Martínez López y Carmen del Rosario Granados Tejero contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sobre CC.AA. Orden de 8 de abril de 2010, que convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala-Sección Primera, núm. 2338/2011, con fecha 10.10.2011, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«FALLO
Estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Cristina María González Acedo, doña M.ª Pilar Sevilla Palacios, don Francisco Javier Sevilla Palacios, doña M.ª Isabel Rosa Jiménez, don José Alberto Rubio Muñoz, doña M.ª Paz Jiménez Martínez, doña M.ª Virtudes Ruiz González, doña M.ª Paz Martínez López y doña M.ª Carmen del Rosario Granados Tejero contra la Orden de 8 de abril de 2010, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacias de Andalucía, publicada en el BOJA de 26 de abril de 2010, declarando nulos por no ser conformes a derecho los artículos 4.5, 7.3 y 19.1 de la Orden impugnada; sin expresa imposición de las costas a las partes.»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 9 de enero de 2013.- El Secretario
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