Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00029922.
Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 787/2012 Negociado: 3
NIG: 4109144S20120008659.
De: Doña Carmen Muñoz Andrade.
Contra: TGSS, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 61, FREMAP, INSS y Restaurante Montecarmelo, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 787/2012 a instancia de la parte actora doña Carmen Muñoz Andrade contra TGSS, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social 61, FREMAP, INSS y Restaurante Montecarmelo, S.L., sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Resolución de fecha 25.6.2013 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por doña Carmen Muñoz Andrade contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua FREMAP, Servicio Andaluz de Salud y Restaurante Montecarmelo, S.L., en cuya virtud:
I. Debo condenar y condeno a Restaurante Montecarmelo, S.L., a abonar la cantidad de ochocientos dos euros con dieciséis céntimos (802,16 euros), en concepto de prestación de I.T, con obligación de anticipo de la Mutua FREMAP, con responsabilidad subsidiaria del INSS y TGSS, para el caso de insolvencia de la Mutua.
II. Debo absolver y absuelvo al SAS por falta de legitimación pasiva.
Adviértase a las partes que contra la presente resolución cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de dicha notificación, por comparecencia o por escrito.
De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso, haber ingresado el importe de las prestaciones objeto de la condena, en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales, de este Juzgado en el Banesto, oficina 4325 sita en C/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol) de esta Capital, abierta con el núm. 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el no de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando dicho documento en poder del Sr. Secretario de este Juzgado.
Igualmente y al formalizar el recurso, deberá haber efectuado el depósito de 150,25 € en la cuenta 4023000065 que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.
También se advierte al organismo demandado, que si recurre deberá acreditar mediante certificación que comienza el abono de la prestación y que lo proseguirá mientras dure la tramitación del recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la pronuncia, estando celebrando audiencia pública, por ante mí el Secretario. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Restaurante Montecarmelo, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinticinco de junio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
Descargar PDF