Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 22/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 5 de julio de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 1064/10.

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Procedimiento: 1064/10. Ejecución de títulos judiciales 98/2011. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20100011724.

De: Don Antonio Baena Fernández.

Contra: Don Antonio Mauri Lamadrid, Cisternas Mauri, S.L., Áridos Mauri Hermanos, S.L., Transportes y Áridos El Puntal, S.L., Valoración de Residuos Mauri, S.L., Gestión Logística de Residuos Mauri, S.L., Agrícola Mauri, S.L., Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L., Bañeras Mauri, S.L., Transportes Mauri e Hijos, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 98/2011 a instancia de la parte actora don Antonio Baena Fernández contra Antonio Mauri Lamadrid, Cisternas Mauri, S.L., Áridos Mauri Hermanos, S.L., Transportes y Áridos El Puntal, S.L., Valoración de Residuos Mauri, S.L., Gestión Logística de Residuos Mauri, S.L., Agrícola Mauri, S.L., Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L., Bañeras Mauri, S.L., Transportes Mauri e Hijos, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 13.4.12, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a trece de abril de dos mil doce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Antonio Baena Fernández ha presentado demanda de ejecución frente a Antonio Mauri Lamadrid, Cisternas Mauri, S.L., Áridos Mauri Hermanos, S.L., Transportes y Áridos El Puntal, S.L., Valoración de Residuos Mauri, S.L., Gestión Logística de Residuos Mauri, S.L., Agrícola Mauri, S.L., Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L., Bañeras Mauri, S.L., Transportes Mauri e Hijos, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 18.4.10 por un total de 7.000 € de principal más la de 1.400 en concepto de principal.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

Cuarto. Por el Juzgado de lo Social núm. Diez de Sevilla se ha dictado decreto de fecha 8.2.12, por el que se declara la insolvencia con carácter provisional de Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L., y Transportes Áridos El Puntal, S.L., en los autos 1060/10, Ejecución 76/11.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Segundo. Dispone el art. 276.3 de la LRJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello sera base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar auto de insolvencia sin necesidad de reiterar las averiguaciones de bienes del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes en su caso. Por ello y vista la insolvencia ya dictada contra la/s ejecutada/s se adopta la siguiente resolución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar a los ejecutados Transportes y Áridos El Puntal, S.L. y Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 7.000 € de principal más la de 1.400  presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes

Se acuerda, en su caso, el levantamiento de los embargos trabados sobre los bienes de los ejecutados Transportes y Áridos El Puntal, S.L. y Lema Movimientos de Mercancías y Transportes, S.L.

Notifíquese la presente Resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente Resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 30 euros, en la cuenta de este Juzgado núm. 40240000, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso, seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación a los demandados Antonio Mauri Lamadrid, Cisternas Mauri, S.L. y Transportes y Áridos El Puntal, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a cinco de julio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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