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De conformidad con lo establecido en el artículo 113.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los arts. 58, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiendo resultado frustrada la notificación a la Asociación de Empresarios Armadores de Sanlúcar de Barrameda en la última dirección conocida a efectos de notificaciones, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2013, dictada por la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda, mediante la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el interesado contra la Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, de 4 de junio de 2012 (Expte. DAJ 415/2012).
Asimismo, se indica que el texto completo de dicha Resolución se encuentra a su disposición en el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, sita en Avenida San Francisco Javier, núm. 20, 2.ª planta, Edificio Catalana Occidente, 41018, Sevilla, a efectos de su conocimiento y ejercicio de los derechos que le asistan, previa solicitud de cita.
Advirtiéndose que contra dicha Resolución, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Ello sin perjuicio de la facultad de ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Sevilla, 16 de julio 2013.- El Director de los Servicios Jurídicos y Contratación, Ignacio Ortiz Poole.
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