Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 08/08/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 15 de mayo de 2013, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de Educación Infantil «Platero» de Málaga. (PP. 1651/2013).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Sebastián Vílchez Milla, representante de «Sociedad Cooperativa Andaluza, Colegio Platero», entidad titular del centro docente privado de Educación Infantil «Platero», en solicitud de ampliación en 3 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo para 75 puestos escolares y en 9 puestos escolares más de la misma enseñanza, en las unidades que ya tenía autorizadas.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 3 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo con 66 puestos escolares, por Orden de 13 de mayo de 1997 (BOJA de 17 de junio), estando acogidas las mismas al regimen de conciertos educativos.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga, y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, el funcionamiento de nuevas unidades en centros acogidos al régimen de conciertos educativos estará supeditado a la modificación del concierto que tengan suscrito, la cual procederá cuando la misma venga a satisfacer necesidades de escolarización.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. 1. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento, por ampliación en 3 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo para 75 puestos escolares, y en 9 puestos escolares más de la misma enseñanza, en las unidades que ya tenía autorizadas, al centro docente privado de Educación Infantil «Platero», promovida por «Sociedad Cooperativa Andaluza, Colegio Platero», como entidad titular del mismo, con código 29005898, ubicado en C/ Baja, 23. Urb. El Candado, de Málaga, quedando configurado el mismo con 6 unidades de segundo ciclo para 150 puestos escolares.

2. El funcionamiento de la ampliación autorizada queda supeditado a la modificación del concierto educativo que, en todo caso, deberá ser solicitada al amparo de la convocatoria correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de mayo de 2013

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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