Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 14/08/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 30 de julio de 2013, de la Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas, por la que se acuerda el otorgamiento de la concesión administrativa de dominio público para el aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba) a la persona que se cita. (PD. 2187/2013).

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A la vista del expediente instruido en el Servicio de Museos de esta Dirección General, se resuelve en el sentido que se indica al final del presente escrito, al que sirven de motivación los hechos o fundamento de derecho que a continuación se relacionan:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Por Resolución de 18 de septiembre de 2007 se otorgó concesión administrativa de dominio público para el aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua, por plazo de un año prorrogable hasta cinco, contados a partir de la adjudicación. Dicha concesión, incluidas las prórrogas, concluyó el 10 de octubre de 2012.

2.º La Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas, con fecha 18 de marzo de 2013, inicia de oficio el procedimiento de concesión administrativa del aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba).

3.º En fecha 8 de abril de 2013, BOJA núm. 66, se anuncia el inicio del procedimiento de concesión administrativa del aprovechamiento de los pastos del Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba), concediéndose un plazo de treinta días hábiles para que los interesados pudieran formular su petición.

En el plazo concedido sólo se presentó la petición de doña Ana Belén Tamajón Medina.

4.º Una vez finalizado el plazo de exposición pública, desde la Secretaría General Provincial de la Consejería de Cultura y Deporte, a petición de la Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas, emite informe con fecha 24 de junio de 2013, sobre la propuesta presentada por la solicitante, señalando que la misma es totalmente conforme con el pliego de condiciones particulares y con el proyecto que regula la concesión administrativa del aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba).

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. La competencia en materia de uso y aprovechamiento de bienes de dominio público corresponde, conforme al artículo 113 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, a los Órganos o Entidades Públicas especialmente encargadas de su gestión.

La competencia sobre el otorgamiento de la concesión administrativa de dominio público para el aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba) corresponde a la Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas, de conformidad con el art. 8 del Decreto 154/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, debiendo dar cuenta de la misma a la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con los artículos 42 y 43 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. La Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas inició de oficio el expediente concesional y de acuerdo con lo previsto en el art. 84 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, redactó el proyecto y el pliego de condiciones particulares, poniéndolos a disposición de las personas interesadas por un período de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de publicación del anuncio del inicio del procedimiento de concesión administrativa del aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba), en el BOJA núm. 66, de 8 de abril de 2013.

Tercero. Dado el informe favorable del Secretario General Provincial de la Consejería de Cultura y Deporte en Córdoba, la conformidad de la solicitud con el pliego de condiciones particulares y con el proyecto que regula la concesión administrativa y a la vista de ser la única solicitud presentada, se considera, conforme a derecho, que la adjudicación de la concesión administrativa para el aprovechamiento de los pastos recaiga en la persona de doña Ana Belén Tamajón Medina.

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Acordar el otorgamiento de concesión administrativa para el aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba), con una superficie de 19,86 ha de acuerdo con el proyecto para el expediente concesional que incluye un plano que figura en el anexo, a favor de doña Ana Belén Tamajón Medina, conforme a las siguientes estipulaciones:

1.º El objeto de la concesión es el aprovechamiento de los pastos en el Enclave Arqueológico de Ategua (Córdoba), con una superficie total de 19,86 ha para alimentación de ganado de tipo ovino.

2.º El plazo de la concesión administrativa será de un año, prorrogable por otros cuatro (cinco en total), salvo que medie denuncia de las partes para suspender la prórroga.

3.º El concesionario deberá pagar un canon de 1.200,00 euros anuales, actualizado con las variaciones del IPC que se establezca oficialmente.

4.º El importe de la fianza a constituir, dentro de los quince días siguientes a la notificación de este acuerdo, será del 3% del importe del canon anual. Su constitución se hará en efectivo mediante depósito en la Caja Provincial de Depósito establecida en la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de Hacienda en Córdoba.

Segundo. Ordenar que la concesión se formalice en documento administrativo, dentro del plazo de un mes a partir de la notificación del presente acuerdo.

La presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el  Sr. Consejero de Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Notifíquese la presente Resolución a la persona solicitante, en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dese traslado a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Córdoba.

Sevilla, 30 de julio de 2013.- La Directora General, Elia Rosa Maldonado Maldonado.

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