Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 20/08/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 29 de mayo de 2013, del Ayuntamiento de Umbrete, de suscripción con el OPAEF del convenio que se cita. (PP. 1470/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00028143.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) y el 7 de la Ley reguladora de Haciendas Locales (TRLHL), aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2013, se aprobó:

La suscripción con el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de un nuevo convenio para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y a las Ordenanzas Municipales de Circulación, cuyo texto fue publicado por ese Organismo en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 245, de fecha 20 de octubre de 2012.

Y el documento de adhesión al Sistema de Movilidad para el alta y tramitación de las denuncias de tráfico y la solicitud de adhesión al citado Sistema, que suscribirá el Alcalde de este Ayuntamiento, cuyos textos constan en su expediente diligenciados por el Secretario de la Corporación.

El citado convenio fue firmado el día 27 de mayo de 2013, y mediante el mismo se delegan en el indicado Organismo Provincial las siguientes facultades:

- Instrucción y resolución de los expedientes sancionadores de tráfico por infracciones cometidas en vías urbanas, así como la resolución de las alegaciones y recursos en vía administrativa, derivados de los actos propios del procedimiento sancionador.

- Gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV), y a las Ordenanzas Municipales de Circulación.

- Revisión en vía administrativa.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 106 citado de la LRBRL y el artículo 7.2 del TRLHL en los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma, para general conocimiento.

Umbrete, 29 de mayo de 2013.- El Alcalde, Joaquín Fernández Garro.

Descargar PDF