Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 26/08/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 18 de julio de 2013, por la que se concede la autorización para impartir enseñanzas de formación profesional en la modalidad semipresencial al centro docente privado de Formación Profesional El Soto, de Chauchina (Granada). (PP. 2176/2013).

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Vista la solicitud presentada por don Juan Antonio Robledo Moreno, en calidad de representante del CDP El Soto, de Chauchina (Granada), con código 18002188, con domicilio en Camino de los Diecinueve, s/n, para impartir los ciclos formativos de Grado Superior de Gestión de Alojamientos Turísticos y de Prevención de Riesgos Profesionales en la modalidad semipresencial, según lo dispuesto en el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre (BOJA del 27), por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Granada y de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente.

Vistos la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la Ordenación General de la Formación Profesional del sistema educativo, el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la Ordenación y las Enseñanzas de la Formación Profesional Inicial que forman parte del Sistema Educativo, el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, la Orden de 21 de junio de 2012 (BOJA de 6 de julio), por la que se regula la Organización y el Funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el Horario del Profesorado y la Admisión y Matriculación del Alumnado, el Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre (BOE de 15 enero de 2008), por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas, la Orden de 7 de julio de 2009 (BOJA de 5 de septiembre), por la que se desarrolla el Currículo correspondiente al Título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre (BOE de 21 noviembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas, el Decreto 109/2003, de 22 de abril (BOJA de 02 de mayo), por el que se establecen las Enseñanzas Correspondientes al Título de Formación Profesional de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar al CDP El Soto con código 18002188 y domicilio en Camino de los Diecinueve, s/n, de Chauchina (Granada), cuyo titular es la Federación de Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía Penibética, la impartición de las siguientes enseñanzas en la modalidad semipresencial:

Ciclo formativo de Grado Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos
Módulo profesional Modalidad de impartición Puestos escolares
Recepción y reservas Semipresencial 30
Gestión del departamento de pisos Semipresencial 30
Protocolo y relaciones públicas Semipresencial 30
Estructura del mercado turístico Semipresencial 30
Marketing turístico Semipresencial 30
Formación y orientación laboral Semipresencial 30
Inglés Semipresencial 30
Dirección de alojamientos turísticos Semipresencial 30
Recursos humanos en el alojamiento Semipresencial 30
Comercialización de eventos Semipresencial 30
Segunda lengua extranjera Semipresencial 30
Empresa e iniciativa emprendedora Semipresencial 30
Proyecto de gestión de alojamientos turísticos Semipresencial 30
Horas de Libre configuración Semipresencial 30
Ciclo formativo de Grado Superior en Prevención de Riesgos Profesionales
Módulo profesional Modalidad de impartición Puestos escolares
Gestión de la prevención Semipresencial 30
Riesgos derivados de las condiciones de seguridad Semipresencial 30
Riesgos físicos ambientales Semipresencial 30
Riesgos químicos y biológicos ambientales Semipresencial 30
Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo Semipresencial 30
Emergencias Semipresencial 30
Relaciones en el entorno de trabajo Semipresencial 30
La prevención de riesgos profesionales en Andalucía Semipresencial 30
Formación y orientación laboral Semipresencial 30
Proyecto integrado Semipresencial 30

En ambos ciclos formativos, la autorización de enseñanzas se hace extensiva a los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo (30 puestos escolares por ciclo formativo). El alumnado deberá cursar este módulo profesional de manera presencial aunque el profesorado correspondiente podrá utilizar herramientas telemáticas para realizar su seguimiento.

Segundo. En virtud de la disposición adicional tercera de la Orden de 21 de junio de 2012, la autorización para impartir enseñanzas semipresenciales y a distancia se aplicará de forma progresiva, de modo que el primer año de implantación sólo se aplicará a los módulos profesionales que componen el primer curso de la correspondiente modalidad presencial y en el curso siguiente, a los módulos profesionales del segundo curso.

Antes de la implantación de los módulos profesionales del segundo curso, la titularidad del centro queda obligada a poner a disposición de la Dirección General competente en materia de formación profesional lo siguiente:

- Un acceso a la plataforma virtual de aprendizaje para poder valorar los contenidos correspondientes al segundo curso.

- Las programaciones de los módulos profesionales de segundo curso con la organización de las sesiones y pruebas presenciales.

- La relación de profesorado que impartirá docencia en los módulos profesionales de segundo curso con indicación de sus titulaciones respectivas y la documentación acreditativa de poseer la formación técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad semipresencial o a distancia.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para cada módulo profesional.

Quinto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de julio de 2013

María del Mar Moreno Ruiz
Consejera de Educación
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