Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 12/09/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 30 de agosto de 2013, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del himno del municipio de Zalamea la Real (Huelva).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00033111.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Zalamea la Real (Huelva) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su himno municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 30 de agosto de 2012, el Pleno del Ayuntamiento acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su himno municipal, el cual carece de letra, siendo la música la que consta en la partitura que se adjunta como Anexo a la presente.

Mediante escrito de fecha 26 de agosto 2013 se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su himno municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del himno del municipio de Zalamea la Real (Huelva), el cual carece de letra y cuya música es la que consta en la partitura que se adjunta como Anexo a la presente.

Segundo. Modificar la correspondiente inscripción registral del municipio de Zalamea la Real (Huelva) en el mencionado Registro.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de agosto de 2013.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.

Descargar PDF